David Jiménez en un montaje con personas recibiendo una herencia.

David Jiménez en un montaje con personas recibiendo una herencia.

Sociedad

Soy abogado y esto sucede si un familiar muere en el extranjero: “Los herederos tendrán que...”

Te contamos de la mano del experto en herencias, David Jiménez, quién hereda cuando una persona española fallece fuera de España.

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Las vacaciones son momento de alegría, de disfrute, de conocer nuevos destinos, dentro y fuera de España. Sin embargo, puede ocurrir una desgracia en forma de accidente, o de enfermedad repentina.

Entonces, la pregunta que surge es qué ocurre cuando una persona muere en el extranjero durante un viaje de vacaciones, o de trabajo, puesto el caso, si hablamos de herencias.

“Si se produce un fallecimiento por un viaje ocasional, a efectos sucesorios se aplicará, con carácter general, la norma sucesoria del lugar de residencia habitual del fallecido”, afirma David Jiménez.

El abogado experto en herencias, economista y empresario recuerda que el Reglamento 650/2012 (Reglamento Sucesorio Europeo) trata de unificar criterios sobre la sucesión en el ámbito de la Unión Europea.

Asimismo, el también CEO de Eyco Abogados, subraya que “el criterio general que se aplicará será la norma del lugar de residencia habitual al tiempo del fallecimiento (Artículo 21)”.

¿Y si no hay testamento?

Antes de responder a la pregunta, el abogado hace una matización: “Si resido en España, pero viajo al extranjero por vacaciones, se aplicará la legislación sucesoria española, dado que es mi sitio de residencia”.

Pero matiza: “Cuestión distinta es toda la tramitación de repatriación del cuerpo, etc. En caso de fallecimiento en el extranjero, los familiares deberían acudir al Consulado, que podrá serles de gran ayuda”.

Volviendo a la pregunta, y si una persona fallece en un viaje y no hay testamento, “los herederos tendrán que tramitar la herencia en el lugar de residencia habitual, en este caso España”.

Por lo tanto, y según el abogado, “habría que hacer declaración de herederos con la normativa española y se realizaría en territorio español”.

¿Y quién hereda en este caso? “Los mismos que heredasen si hubiera fallecido en España, salvo en territorios forales o con legislación propia”, concreta David Jiménez.

“En casi todo el país, heredan los herederos forzosos (artículo 807 del Código Civil): primero los hijos o descendientes. Si no hubiera, padres o ascendientes y, en todo caso, el cónyuge, si lo hay”, apunta el abogado.

Para terminar, un ejemplo: imaginemos que un ingeniero español va a trabajar un par de años a otro país y tiene a su familia en España. ¿Qué pasa si fallece y no ha hecho testamento?

“El Reglamento 650/2012 establece que se aplicará la norma del lugar de residencia, es decir, el país en el que está trabajando como ingeniero”, indica David Jiménez.

Y concluye: “Al ejecutarse una norma de un estado que tiene un sistema de legítimas diferentes a la española, los herederos pueden llevarse alguna sorpresa por recibir más (o menos, según el país) que en España”.