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La multa de la DGT más inesperada: 200 euros por circular sin acompañante en el coche

Los carriles BUS-VAO son unas pistas adicionales que tienen como objetivo impedir que se generen masificaciones en la circulación y solamente ciertos vehículos pueden hacer uso de ellos. 

5 noviembre, 2021 12:32

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A pocas personas le pueden gustan los atascos, los pitidos y los minutos perdidos frente a una larga cola de vehículos, al final, una retención no es plato de buen gusto para nadie y más si necesita llegar urgentemente a su destino. Por eso, la Dirección General de Tráfico (DGT), recuerda la existencia de un carril especial destinado únicamente a ciertos vehículos que contribuyen a la descongestión de la circulación. Eso sí, no hay que olvidarse de cumplir la normativa correspondiente que acompaña a dichos carriles, de lo contrario, sería motivo de multa. Sanción económica similar a la de llevar instalado un detector de radares, a la de incumplir los límites de tiempo al volante o a la de circular por zona peatonal con bicicletas y patinetes.

Este tipo de carriles se denominan BUS-VAO, existen pocos en España y se sitúan en algunos accesos o salidas de las grandes ciudades con alta densidad de tráfico. Su uso está reservado para vehículos muy concretos como los destinados a transporte de personas, los turismos ocupados por un mínimo de personas o los encargados del mantenimiento de las vías, entres muchos otros. Por lo tanto, todo aquel que circule por dicho carril sin estar autorizado o únicamente ocupado por una persona, será sancionado con una multa de 200 euros.

Se crearon para reducir el número de vehículos en las ciudades y facilitar la circulación a los autobuses y vehículos de alta ocupación, es decir, destinados a transporte de personas, los que no excedan más de 3.500 kg de masa máxima autorizada y los que estén ocupados un mínimo de personas.

Carril BUS-VAO

Carril BUS-VAO

La última novedad de estos carriles es que han recibido la denominación ECO, para permitir su uso a aquellos vehículos que cuenten con la etiqueta CERO y ECO de la DGT.

Vehículos aptos para su uso

Como su principal función es mejorar la fluidez del tráfico, no todos los vehículos pueden circular por los carriles BUS-VAO.

Como es lógico, los vehículos que siempre pueden circular por dicho carril son los destinados a servicios públicos, tales como los bomberos, las ambulancias, protección civil o mantenimiento de las vías, entre muchos otros.

El caso más llamativo es el de los turismos, deberán ser ocupados por dos o más personas, incluyendo al conductor. Estos vehículos junto con las motocicletas y autobuses articulados, deberán llevar una señal V-15 de movilidad reducida o ser titulares de un permiso de circulación con alguna limitación física acreditada, para justificar la conducción sin acompañantes.

La señal V-15 también se le aplica a los conductores de furgonetas. Por otro lado, los carsharing, taxis y VTC, deberán llevar su identificación distintiva siempre pegada al vehículo.

También podrán hacer uso del carril BUS-VAO los vehículos con etiquetas ECO, B y C, con su pegatina distintiva.

¿Dónde se encuentran?

Los carriles reconocidos hasta entonces se encuentran en Madrid, calzada central de la carretera A-6, km 6 al 20; Barcelona, dos carriles en la C-58 entre Ripollet y la avenida Meridiana y Granada, los carriles de ambos sentidos de la carretera GR-3211.

El límite de velocidad es el mismo fijado en dicho tramo, el resto de requisitos será la autoridad encargada del carril VAO la que estime tanto el sentido de la circulación, el horario de uso y el mínimo de pasajeros.

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