Carlos Sánchez Mato y Celia Mayer, en los Juzgados.

Carlos Sánchez Mato y Celia Mayer, en los Juzgados. Efe

Tribunales CASO OPEN DE TENIS

Absueltos los exediles de Madrid Mato y Mayer en el 'caso Open' y condenado el PP por "mala fe"

La Audiencia Provincial de Madrid exonera a los concejales Carlos Sánchez Mato y Celia Mayer y condena en costas al PP municipal.

18 mayo, 2022 11:10

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La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a los exconcejales madrileños Carlos Sánchez Mato y Celia Mayer de los delitos de malversación y prevaricación de los que habían sido acusados por el PP en el denominado caso Open de Tenis. La exconsejera delegada de la empresa pública Madrid Destino, Ana Varela, también ha sido exonerada por la Justicia.

En una sentencia de 111 páginas, los magistrados concluyen que "no se ha probado que los acusados, en el ejercicio de sus competencias y responsabilidades, tuvieran otra intención que proteger y salvaguardar los intereses públicos y las arcas municipales".

Esa misma resolución condena al Grupo Municipal del Partido Popular en Madrid a pagar las costas del proceso por acusar "con temeridad y mala fe".

El procedimiento se inició con una querella interpuesta en el mandato pasado por el PP y la asociación Transparencia y Justicia contra los tres ex responsables municipales de la era Carmena por, presuntamente, haber encargado dos informes, "a dedo" y "sin publicidad", a dos equipos de abogados para investigar y estudiar la gestión y posibles irregularidades del torneo Open de Tenis durante el mandato de Alberto Ruiz Gallardón, exalcalde de Madrid, del Partido Popular. 

Los dosieres solicitados fueron emitidos en el mes de marzo de 2017 y costaron, respectivamente, 24.000 y 26.000 euros, sin incluir el IVA.

El tribunal considera que "la resolución calificada como prevaricadora en absoluto reviste tal carácter" y cree que la decisión de contratar estos servicios externos "responde a la necesidad imperiosa de disponer de respuestas globales y particulares sobre la complejidad de relaciones jurídicas entre el sector público municipal y una empresa privada, que tenía un resultado exponencial económico
llamativo".

"Las incertidumbres puestas de manifiesto [por los acusados], bien por escrito, bien verbalmente, eran razonables, legítimas y se referían a aspectos verdaderamente relevantes, no sólo sobre el cumplimiento pasado de los pactos asumidos, sino de cara al futuro más inmediato", añade la sentencia, ponencia de la juez Caridad Hernández. Asimismo, los magistrados de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial recuerdan que la Asesoría Jurídica del consistorio no alertó de ninguna irregularidad.

El Partido Popular municipal solicitaba 5 años de cárcel para los acusados y reclamaba 24 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público. La Fiscalía Provincial de Madrid pidió la absolución de los acusados.

Los magistrados consideran acreditado que el Grupo Popular del Consistorio, "sin ninguna duda, actuó con temeridad y mala fe" manteniendo, por ejemplo, "la acusación contra Celia Mayer sin ninguna concreción acusatoria".

Y también reprochan que, al formular la acusación, el PP propusiera aplicar el subtipo agravado de del delito de malversación de caudales públicos, previsto para cantidades superiores a 50.000 euros, "cuando resulta evidente que el valor del contrato suscrito nunca fue superior" a dicha cantidad.