Montaje de Carlos García con un bloque de viviendas

Montaje de Carlos García con un bloque de viviendas

Sociedad

Carlos García, abogado: “La única vía para no pagar una derrama es impugnar el acuerdo ante el juzgado”

Te contamos de la mano del experto la situación real a la que se enfrentan los vecinos cuando se aprueba una derrama.

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Las claves

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Las derramas en una comunidad de vecinos son pagos extraordinarios aprobados en junta para cubrir gastos imprevistos o urgentes.

El abogado Carlos García aclara que la única forma legal de no pagar una derrama es impugnando el acuerdo ante el juzgado y solicitando suspensión cautelar.

Votar en contra de una derrama no exime de la obligación de pagarla si el acuerdo fue válidamente aprobado por la comunidad.

El impago de una derrama puede llevar a la comunidad a iniciar un procedimiento judicial para el cobro, incluyendo posibles embargos.

Hay quien adora asistir a la reunión de una comunidad de vecinos. Pero también hay quien las aborrece. A veces, son una balsa de aceite. En otras, lo más parecido al principio de la 'tercera guerra mundial'.

A la reunión de una comunidad de vecinos asisten los dueños de pisos, locales o plazas de garaje de un edificio o conjunto residencial. Y en la misma se gestionan las áreas compartidas y se aprueban los presupuestos anuales, entre otros acuerdos.

No siempre todos los vecinos están de acuerdo y surgen las discrepancias. Sobre todo cuando hay que poner más dinero sobre la mesa. “¿Puedes negarte a pagar una derrama en tu comunidad?", pregunta el abogado Carlos García en LinkedIn.

La derrama

¿Qué es una derrama? Es un pago puntual y extraordinario. Otra cosa son los denominados como recibos de la comunidad, que cada mes hay que pagar. Y aparecen cuando hay que cubrir gastos inesperados o no previstos en el presupuesto aprobado por los vecinos.

Es decir, cuando hay que acometer reparaciones urgentes o medidas que se estiman necesarias para el inmueble. Deben ser aprobadas en una junta (ordinaria o extraordinaria). Y el pago de cada vecino dependerá de su coeficiente de propiedad en la comunidad.

Hecha esta salvedad, volvamos a la pregunta. Y la respuesta del abogado es tajante: “No”. ¿Por qué se hizo la pregunta Carlos García? Porque algunos medios de comunicación publicaron que sí es posible no pagarla si se dan ciertas condiciones.

De hecho, el medio publicó que una comunidad de propietarios acordó en 1994 instalar un ascensor. Y aquellos vecinos que votaron en contra quedaron exentos del pago. “Años después, se intentó modificar ese pacto sin unanimidad. El Supremo dijo: no se puede”, relata el abogado.

Y matiza: “Hasta aquí, todo correcto: los pactos válidamente adoptados, si eximen a ciertos propietarios del pago, vinculan”.

Llegados a este punto, va más allá: “El problema es otro: el artículo transmite la falsa idea de que, si votas en contra, puedes ‘negarte’ a pagar una derrama. Y eso, en Derecho, no funciona así”.

Realidad jurídica

Según explica Carlos García, las derramas “son obligatorias si han sido aprobadas válidamente por la Junta”. Así queda recogido en el artículo 19.3 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH): “Los acuerdos serán ejecutivos desde su cierre”.

Por eso, el abogado subraya que “la única vía para no pagar es impugnar el acuerdo ante el juzgado y solicitar la suspensión cautelar si se quiere evitar el pago inmediato”. Y remarca que, “incluso impugnando, no basta con votar en contra”.

De hecho, y según explica, hay que acreditar que el acuerdo “vulnera las mayorías exigidas por ley. Impone mejoras no necesarias. O establece un reparto de costes no justificado legalmente. Y si no pagas…”.

Pues, entonces, “el impago habilita a la comunidad para iniciar juicio monitorio. El embargo de bienes es una consecuencia muy real”.

Resumiendo, y a modo de conclusión, “No, no puedes negarte alegremente a pagar una derrama. Puedes (y debes) impugnar si el acuerdo es irregular. Pero mientras tanto, la obligación de pago sigue viva”.