María Jesús Montero, ministra de Hacienda

María Jesús Montero, ministra de Hacienda Europa Press

Sociedad

Confirmado por el Gobierno: estos contribuyentes no tendrán que hacer la declaración de la Renta en 2026

Según el Ejecutivo, son alrededor de 2,5 millones de personas las que se beneficiarán de esta medida.

Más información: Confirmado por el Gobierno: se amplía a 2026 la prohibición de desahuciar a personas consideradas vulnerables

Publicada

Las claves

El Gobierno ha confirmado que los perceptores de prestaciones por desempleo no tendrán que presentar la declaración de la Renta en 2026.

La medida afecta al ejercicio fiscal de 2025 y supone un cambio respecto a la reforma del subsidio de paro de 2024.

La decisión busca evitar una carga administrativa innecesaria tanto para los desempleados como para la Agencia Tributaria.

De haberse mantenido la obligación, habría supuesto un aumento de las gestiones para unos 2,5 millones de nuevos beneficiarios.

Importante cambio para miles de contribuyentes el que se espera para 2026. Y es que no tendrán que hacer la declaración de la Renta. Así ha sido aprobado por el Gobierno y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

¿Quiénes son los beneficiados? Pues aquellos perceptores de prestaciones por desempleo. Es decir, que los desempleados no tendrán que hacer bueno el famoso dicho de que ‘Hacienda somos todos’.

Conviene recordar que ya, durante el pasado mes de marzo, el Gobierno decidió no obligar a los perceptores de la prestación por desempleo a presentar la declaración del IRPF correspondiente al año 2024, que se tenía que presentar este año. De esta manera, aplazaba esta exigencia para 2026.

Prestación por desempleo

La medida, como ya se ha dicho, será de aplicación para el ejercicio fiscal de 2025 (a presentar en 2026) y supone rectificar la obligación que figuraba en la reforma del subsidio de paro de 2024.

¿Por qué esta ‘vuelta de tuerca’? Porque el Real Decreto-ley ómnibus donde aparece modifica la Ley General de la Seguridad Social. Y lo justifica argumentando que la presentación de la declaración del IRPF por parte de estas personas "supone sólo una obligación formal".

En concreto, el Ejecutivo argumenta que dicha obligación "excede la intención de la norma, que inicialmente fue la de dotar de una fuente adicional de información a la entidad gestora de las prestaciones por desempleo".

Según explica, se incorporó una obligación similar para la prestación no contributiva del Ingreso Mínimo Vital (IMV), con el objetivo de alinear ambas regulaciones.

Pero hace la siguiente matización: “Las diferencias sustanciales tanto en la normativa aplicable como en la finalidad de cada prestación" han llevado a desaconsejar esta obligación para los beneficiarios de la prestación por desempleo.

¿Por qué? Porque "además supondría un incremento innecesario de la carga administrativa para la persona trabajadora", remarca el texto.

Además, los datos necesarios para comprobar las declaraciones responsables de las personas que piden el subsidio de desempleo deben comprobarse por el SEPE a través de consultas a los datos tributarios de las personas beneficiarias.

Según el Gobierno, de haberse mantenido la obligación de presentar la Renta aumentaría las cargas administrativas de unos 2,5 millones de personas nuevas que accederían a la prestación por desempleo con la consiguiente carga de trabajo para la Agencia Tributaria.