Los cinco miembros de ‘La Manada’ podrán asistir a los próximos Sanfermines si así lo desean gracias a la decisión de la Audiencia Provincial de Navarra de decretar su libertad provisional. Todos ellos permanecían en prisión tras ser condenados el pasado mes de abril a más de nueve años de cárcel por haber abusado sexualmente y en grupo de una joven en Pamplona, en la madrugada del 7 de julio de 2016.

Si ya la sentencia nos pareció injusta y errónea por haber calificados los jueces los hechos acaecidos como un abuso sexual continuado en lugar de como una violación, la decisión de la Audiencia de dejarlos libres hasta que se decida el recurso que interpusieron los condenados nos parece difícil de entender e igualmente injusta y errónea.

Un nuevo e incomprensible golpe contra la víctima que 715 días después de aquella madrugada de terror volverá a sentirse violentada y abandonada por quienes deberían protegerla. Y que parecen haber olvidado que los desaprensivos la sometieron a todo tipo de actos sexuales humillantes en los que ella pasó a convertirse en un simple objeto.

El cambio de la jueza Fernandino

Una condena a prisión alta, como la dictada contra ‘La Manada’, no suele dar lugar a una excarcelación que el mismo tribunal había negado anteriormente en varias ocasiones, cuando ni siquiera había condena. Si merecían estar en prisión antes del juicio, ¿por qué no después, cuando encima ahora pesa sobre ellos una condena a nueve años de prisión?

Cierto es que se trata de un fallo no firme, pero hay que tener en cuenta que ha sido recurrido ni más ni menos que por el fiscal (al alza) y que hay tantas posibilidades de que sean absueltos como de que la condena se agrave o de que, al menos, se mantenga. Además, la ley permite ampliar la prisión provisional a cuatro años.

Especialmente sorprendente nos parece el cambio de criterio de la jueza Raquel Fernandino, figura clave para condenar a ‘La Manada’ el pasado mes de abril y para excarcelarlos ahora. ¿Qué ha sucedido desde entonces para que ahora, de pronto, no vea necesario que continúen en prisión cuando la condena es superior a los nueve años y la tipología de delito crea una indudable alarma social?

Mujeres y hombres indignados

Apoyar la decisión en la creencia de que no hay riesgo de fuga ni de reiteración delictiva –cuando hay una causa abierta por sucesos semejantes en Pozoblanco– supone aceptar que los magistrados tienes unos poderes adivinatorios de los que carecían todas las veces anteriores en las que les fue negada una medida semejante.

Es como si hubiera triunfado, pese a la condena, la tesis del “jolgorio” en los sucesos de la madrugada de San Fermín. La tesis del magistrado que defendió en su voto particular la absolución de los cinco acusados y que definió lo acaecido como una simple sesión de “explícitos actos sexuales en un ambiente de jolgorio y regocijo en todos ellos”.

No debemos extrañarnos si las calles de toda España se vuelven a llenar de mujeres indignadas –y también de hombres– hastiados de una Justicia cada vez más alejada de la ciudadanía. Y especialmente de las mujeres, víctimas de la concepción machista que de las relaciones sexuales entre mujeres y hombres se siguen teniendo en no pocos juzgados españoles.