Ya ha entrado en vigor: el Gobierno penalizará las llamadas comerciales de las eléctricas sin permiso

Ya ha entrado en vigor: el Gobierno penalizará las llamadas comerciales de las eléctricas sin permiso

Sociedad

Ya ha entrado en vigor: el Gobierno penalizará las llamadas comerciales de las eléctricas sin permiso

La Comisión Nacional del Mercado y la Competencia (CNMC) podrá sancionar con hasta 6 millones de euros a las empresas eléctricas

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Las claves

El Gobierno prohíbe las llamadas comerciales de eléctricas sin consentimiento expreso de los consumidores.

Las infracciones serán consideradas graves y pueden acarrear multas de entre 600.001 y seis millones de euros.

Las eléctricas deberán acreditar la identidad del cliente y conservar pruebas verificables del consentimiento recibido.

Los contratos cerrados tras llamadas comerciales no autorizadas podrán considerarse nulos, reforzando la protección al consumidor.

El Gobierno ha decidido poner fin a una de las prácticas más controvertidas del sector energético: las llamadas comerciales no solicitadas por los clientes.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica, una norma que prohíbe de forma general las llamadas "en frío" de las comercializaciones si el cliente no ha dado un consentimiento previo claro.

A partir de ahora, ese 'spam' será una infracción grave sancionable con multas millonarias.

Adiós al 'spam' telefónico

La nueva regulación establece que las eléctricas solo podrán llamar para ofrecer tarifas o cerrar contratos en dos supuestos: cuando el consumidor haya otorgado un consentimiento expreso o inequívoco.

Ese consentimiento puede ser marcando una casilla o solicitando información, o cuando sea el propio cliente quien inicie el contacto.

Asimismo, quedan prohibidas las campañas masivas dirigidas a potenciales clientes que no hayan autorizado previamente la comunicación, prácticas que pasan a considerarse agresivas y contrarias a la normativa de consumo y comercialización de energía.

El incumplimiento tendrá consecuencias severas. De acuerdo con la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia (CNMC), competente para iniciar y resolver estos expedientes, las infracciones serán graves conforme al artículo 66.25 de la Ley 24/2013.

Las multas oscilarán entre 600.001 euros y seis millones de euros.

Además, cualquier contrato cerrado mediante una llamada comercial no autorizada podrá considerarse nulo, lo que refuerza la protección frente a cambios de tarifa confusos o contrataciones poco transparentes.

La norma también endurece las obligaciones de identificación: las compañías deberán acreditar de forma inequívoca la identidad del titular (DNI u otro documento equivalente) y dejar constancia verificable del consentimiento, ya sea mediante grabación o firma electrónica.

De igual manera, deberán respetar las preferencias del usuario, como las listas de exclusión o registros de oposición a llamadas.

Este movimiento responde a una presión social creciente y a las denuncias de asociaciones de consumidores por abusos reiterados: grabaciones ambiguas, "timotarifas" y contratos formalizados sin que el cliente entendiera realmente las condiciones.

El decreto se suma a la reciente Ley de Servicios de Atención al Cliente, que limita tiempos de espera y exige identificar las llamadas con prefijos específicos, y a la Ley General de Telecomunicaciones, que reconoce el derecho a no recibir comunicaciones comerciales no deseadas.

La vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica, Sara Aegesen, ha defendido que el objetivo es "modernizar el sistema eléctrico", proteger a los consumidores y fomentar canales de captación más transparentes, como ofertas por escrito o medios digitales.

En la práctica, si una eléctrica llama sin autorización, el consumidor puede colgar, anotar la empresa y denunciar ante Consumo o la CNMC si la conducta se repite. Ahora, ese 'spam' puede salir muy caro.