El primer ministro húngaro saliente, Viktor Orbán, durante su último Consejo Europeo

El primer ministro húngaro saliente, Viktor Orbán, durante su último Consejo Europeo Unión Europea

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El TJUE dictamina que el Gobierno húngaro de Orbán vulneró los valores básicos de la UE con su ley anti-LGTBI

Es la primera vez en la historia que la justicia europea dictamina que un Estado miembro ha vulnerado el artículo 2 del Tratado, que establece los principios fundamentales de la Unión.

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El Tribunal de Justicia de la UE dictamina que Hungría vulneró el derecho comunitario con su ley anti-LGTBI aprobada en 2021.

La sentencia concluye que la ley húngara discrimina y margina a las personas LGTBI+, infringiendo los valores fundamentales del artículo 2 del Tratado de la UE.

El fallo exige la derogación inmediata de la norma para que Hungría pueda acceder a los 18.000 millones de fondos europeos congelados por Bruselas.

El TJUE considera que la ley húngara supone una grave injerencia en derechos fundamentales como la dignidad humana, la no discriminación, la libertad de expresión y la vida privada.

Varapalo sin precedentes de la justicia europea al Gobierno saliente del ultranacionalista Víktor Orbán, apenas una semana después de su contundente derrota electoral.

El Tribunal de Justicia de Luxemburgo (TJUE) ha dictaminado este martes que Hungría vulneró el derecho comunitario al aprobar en 2001 una controvertida ley que “estigmatiza y margina a las personas LGBTI+”.

Por primera vez en la historia, la sentencia concluye que un Estado miembro ha infringido el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea, que recoge los valores fundamentales sobre los que se asienta el bloque.

El fallo obliga al ganador de las elecciones húngaras de la semana pasada, el popular Péter Magyar, a dar prioridad absoluta a la derogación inmediata de esta norma si quiere acceder a los 18.000 millones de fondos europeos que Bruselas ha congelado a Hungría por su deriva antidemocrática.

Una delegación de alto nivel de la Comisión Europea ha viajado durante el fin de semana a Budapest para lanzar los trabajos de reversión de las leyes represivas de Orbán incluso antes de que el nuevo Gobierno haya tomado posesión.

La norma en cuestión prohíbe o restringe el acceso a contenidos, en particular en el ámbito audiovisual o publicitario, que "representen o popularicen la desviación de la identidad propia del sexo correspondiente al nacimiento, el cambio de sexo o la homosexualidad".

El Gobierno húngaro alegó que se trata de una ley para "proteger a los menores frente a los delincuentes pedófilos". Pero Bruselas lanzó un procedimiento de infracción y llevó el caso ante el TJUE por considerar que vulnera la libre prestación de servicios, la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, el artículo 2 del Tratado y el reglamento de protección de datos.

En su fallo de este martes, el Tribunal de Luxemburgo, constituido en pleno, le da la razón a la Comisión de Ursula von der Leyen en todos sus argumentos.

En primer lugar, la ley anti-LGTBI húngara "revela una preferencia por determinadas identidades y orientaciones sexuales en detrimento de otras, que quedan por ello estigmatizadas, lo cual es incompatible con las exigencias que se derivan, en una sociedad basada en el pluralismo, de la prohibición de la discriminación por razón de sexo y orientación sexual".

En segundo lugar, la ley húngara supone "una injerencia especialmente grave en varios derechos fundamentales protegidos por la Carta: la prohibición de la discriminación por razón de sexo y orientación sexual, el respeto de la vida privada y familiar, y la libertad de expresión y de información".

"En particular, la legislación húngara en cuestión estigmatiza y margina a las personas no cisgénero, incluidas las personas trans, o no heterosexuales, tachándolas de perjudiciales para el desarrollo físico, mental y moral de los menores debido únicamente a su identidad o su orientación sexuales", subraya el fallo.

El Tribunal de Justicia declara asimismo que "Hungría ha vulnerado el derecho a la dignidad humana" al tratar a las personas LGTBI+ "como una amenaza para la sociedad merecedora de un trato legal particular, por la sola razón de su identidad sexual o su orientación sexual".

Contraria a la identidad de la UE

"El carácter estigmatizante y ofensivo de la Ley de modificación conduce a establecer, mantener o reforzar su invisibilidad social, lo que atenta contra su dignidad", dice el fallo.

En tercer lugar, el Tribunal de Justicia declara, por primera vez, una infracción autónoma del artículo 2 del Tratado, que enuncia los valores en los que se fundamenta la Unión y que son comunes a todos los Estados miembros.

"Esta ley es contraria a la propia identidad de la Unión como ordenamiento jurídico común en una sociedad caracterizada por el pluralismo. Hungría no puede invocar válidamente su identidad nacional para justificar la adopción de una ley que vulnera los valores" europeos, destaca el TJUE.

Finalmente, la sentencia ve además un incumplimiento del reglamento de protección de datos, ya que la norma húngara amplía el acceso a la información sobre antecedentes penales de personas que hayan cometido infracciones contra la libertad sexual de los menores, pero sin establecer las debidas garantías.