La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz.

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz. Europa Press.

Sociedad

Entró en vigor: se pueden sumar hasta cinco años a la cotización cumpliendo estos requisitos según la Seguridad Social

Estos son los grupos de trabajadores que pueden beneficiarse de esta medida y la fecha límite para poder beneficiarse de ella.

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Las claves

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La Seguridad Social permite sumar hasta cinco años de cotización por prácticas formativas no cotizadas antes de 2024 o del 1 de noviembre de 2011, según el caso.

La medida beneficia a quienes realizaron prácticas universitarias, de formación profesional, enseñanzas artísticas, deportivas o programas de formación investigadora.

Los interesados deben haber realizado prácticas o becas no remuneradas antes del 1 de noviembre de 2011 para poder sumar estos años de cotización.

El plazo para solicitar la inclusión de estos años de cotización finaliza el 31 de diciembre de 2028.

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, bajo la batuta de la ministra Elma Saiz, permite recuperar hasta cinco años de cotización de sus prácticas formativas a un grupo de trabajadores. Y todo gracias a una norma orientada a quienes realizaron prácticas académicas y no cotizaron por ellas antes de 2024 (en el caso de las no remuneradas) o anteriormente al 1 de noviembre de 2011 en otros casos.

De hecho, se trata de cuatro grupos de prácticas: las realizadas por alumnos universitarios, ya sea para obtener una titulación oficial (grado, máster o doctorado) o para un título propio de la universidad.

Aquellas realizadas por alumnos de formación profesional, siempre que no se presten en el régimen de formación profesional intensiva, es decir, siempre que no tengan carácter laboral.

También las realizadas por alumnos de enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas del sistema educativo.

Y, por último, los participantes en programas de formación de naturaleza investigadora, tanto en España como en el extranjero.

Requisitos

Dichas prácticas o becas no remuneradas deben haberse realizado antes del 1 de noviembre de 2011. ¿Y por qué no a posteriori? Porque, a partir de esa fecha la Seguridad Social aprobó una ley por la que las prácticas cotizaban como si fueran un salario.

Si esa etapa no fue remunerada, se computarán los períodos correspondientes previos al 1 de enero de 2024. Por tanto, serán cinco años, como máximo, los periodos en prácticas no remuneradas que se tendrán en cuenta.

¿Beneficiarios? Pues aquellos trabajadores con títulos universitarios, máster en formación o diplomas de expertos. También aquellos otros relacionados con la formación profesional, y enseñanzas artísticas superiores, profesionales y deportivos. En este último caso, siempre y cuando pertenezcan al sector científico.

Sin olvidar a aquellos otros que participaron en estudios de doctorado y en programas de formación investigadora, tanto si lo hicieron en España como en el extranjero.

Otro dato importante que conviene tener en cuenta es que las personas interesadas disponen de plazo hasta el 31 de diciembre de 2028.