Una mujer con velo en su local de trabajo.

Una mujer con velo en su local de trabajo. Getty Images

Europa

"Prohibir el velo es un claro ataque a la dignidad de la persona"

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha avalado la prohibición del uso del velo islámico en el lugar de trabajo. Mujeres musulmanas y ONGs como Amnistia Internacional consideran que la sentencia abre la puerta a los prejuicios.

15 marzo, 2017 03:12

Noticias relacionadas

Este martes el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado la prohibición del uso del velo islámico en el lugar de trabajo en determinado supuestos. En concreto, el fallo no ve incompatible con la ley europea que una empresa privada vete el uso de signos visibles de convicciones políticas, filosóficas o religiosas para ofrecer una imagen neutra ante sus clientes. La realidad es que las denuncias llegaban de mujeres con velo y la noticia ha caído como un nuevo jarro de agua fría sobre las espaldas de las musulmanas, que creen que se trata de una excusa más para discriminarlas.

No obstante, el TJUE precisa que la prohibición debe basarse en una norma interna de la empresa que se aplique por igual a cualquier tipo de signo religioso y no únicamente al velo islámico y cuya finalidad sea garantizar la correcta aplicación de un régimen de neutralidad, siempre que dicho régimen se persiga realmente de forma congruente y sistemática, dice el Tribunal.

Por otro lado, la Corte de Luxemburgo señala que no puede descartarse que un juez nacional pueda considerar que la norma interna esgrimida por empresa establezca una diferencia de trato basada indirectamente en la religión o las convicciones, si se acredita que la obligación aparentemente neutra que contiene dicha norma ocasiona, de hecho, una desventaja particular a aquellas personas que profesan una religión o tienen unas convicciones determinadas. De esta manera estaría dejando la pelota en el tejado de cada casa y dejando todas las opciones abiertas.

Habla la protagonista del último caso español

Los casos a los que se refiere Luxemburgo tuvieron lugar en Francia y Bélgica. En España recientemente ha habido una polémica similar. Esta vez un Juzgado de lo Social de Palma de Mallorca daba la razón a Ana Saidi, una empleada que demandó a la empresa Acciona por prohibirle llevar velo para atender a los pasajeros en el aeropuerto de la capital balear.

En una charla con EL ESPAÑOL, Saidi lamenta que “el hecho de que una empresa aproveche tal decisión para empezar a restringir un derecho constitucional como lo es la libertad religiosa sería comenzar una nueva batalla ya que, a mi entender, chocaría con nuestro marco constitucional español. Resulta incongruente. También atentaría contra otros derechos fundamentales, como son el derecho a la imagen y al honor, suponiendo además un claro ataque a la dignidad de la persona. Seguiremos luchando por nuestros derechos sin rendirnos”, añade.

Para la escritora y activista Brigitte Vasallo “se supone que se está protegiendo es la neutralidad, pero la neutralidad no existe”, critica. “Lo único que puede existir es la multiplicidad, la posibilidad de existencias múltiples. Todo lo demás simplemente responde a una hegemonía que está invisibilizada bajo el paraguas de neutralidad. Pero no es neutra, es hegemónica. En este sentido la visibilidad en Europa es claramente cristianocentrica”, dice la autora de PornoBurka.

Para Vasallo esta sentencia fuerza que las musulmanas sientan la obligación de ‘armariarse’. “Esto es algo que a mi como lesbiana me suena mucho. Se nos dice que nuestra vida privada se tiene que quedar en casa y no hay que llevarla a la oficina, que no tenemos que ser ‘ostentosamente’ lesbianas en atención a la neutralidad, pero no es neutralidad cuando todo el mundo es heterosexual y la heterosexualidad no tiene por qué esconderse en absoluto. Esta es una de las partes de la infinidad de violencias que están sufriendo las musulmanas constantemente en Europa”.

En la misma línea, M. Laure Rodríguez Quiroga, investigadora en el Instituto Complutense Euro-Mediterranean University Institute EMUI, lamenta que “la obsesiva mirada al cuerpo de las musulmanas y su forma de vestir viene siendo, desde el siglo XIX, la excusa para marginar, oprimir y controlar la libertad de las mujeres”. Para ella, no obstante, la vestimenta de las musulmanas carece de simbología religiosa porque no hay cabida a los símbolos religiosos en el islam.

La activista, que acaba de publicar el libro Falsos mitos de la mujer en el islam en el que se refiere a estas cuestiones, sostiene que “una sentencia de un Tribunal laico no puede ni debe otorgar una carga religiosa a una prenda. Esta sentencia contraviene derechos fundamentales ratificados como la base de la construcción democrática. Este es el caso del artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que dice que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia”.

El velo de la discordia

La sentencia del Tribunal Europeo llega tras unos días convulsos después de que un artículo de Arturo Pérez Reverte en el que criticaba que hubiera profesoras que lleven velo. En las redes sociales se multiplicaron las quejas de las musulmanas y las peticiones de respeto a sus decisiones personales. Una de las respuestas, la de la profesora Helena Gutiérrez Espí, autora de la novela Unos Baklava por amor, que le dedicó una peineta en Twitter hasta provocó la réplica del académico.

Justo el mismo día desde Red Musulmanas, un grupo que quiere dar a conocer la diversidad de las mujeres musulmanas, lanzó una campaña llamada ‘Referentes musulmanas’ con fotos de mujeres, algunas con velo y otras no, en sus puestos de trabajo.

Una de ellas era Yonaida Selam, presidenta de la Asociación Intercultura de Melilla. Desde su asociación han pedido a las autoridades universitarias que veten al escritor que en varias ocasiones ha sido invitado a actos culturales en la ciudad, cree que la sentencia es “injusta” y que “sólo va a servir para dificultar el acceso de las mujeres musulmanas con velo al mercado de trabajo”. En su opinión, reforzará a aquellos/as que pretenden estigmatizar a los musulmanes en general y a las musulmanas en particular. “Esta sentencia ataca uno de los principales pilares de la libertad, el derecho a la libertad religiosa y el derecho a la identidad propia”, subraya. Sellam cree que ahora se ha “abierto la veda para no contratar o para despedir a musulmanas por el simple hecho de negarse a quitarse el velo. Nos vuelven a cosificar”.

‘No es una carta blanca’

Mientras que entre las musulmanas cunde el miedo a las posibles consecuencias, EL ESPAÑOL pregunta su parecer a dos eurodiputados españoles. El socialista Juan Fernando López Aguilar, miembro entre otras de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior del Parlamento Europeo, ha pasado años peleando por reformar y ampliar la Directiva de Igualdad de Trato en materia de empleo y de ocupación del año 2000. Y denuncia que, como otros tantos asuntos, lleva cerca de un lustro bloqueada por el Consejo Europeo.

El político canario subraya que lo que ha hecho el Tribunal de Justicia Europeo es decir que en los casos en los que se ha pronunciado, las empresas no están contradiciendo la legislación al exigir la eliminación de un atuendo que señale la identidad religiosa en el puesto de trabajo. “Eso no quiere decir que el Tribunal se desentienda de la igualdad ni la libertad religiosa, sino que dice que la prohibición de exhibición de símbolos religiosos debe siempre ser proporcionada y servir a un interés legítimo, tal como puede ser la exigencia de neutralidad en los puesto de de trabajo, pero al mismo tiempo añade que no puede ser una medida arbitraria ni para complacer a nadie”, aclara por teléfono.

No obstante, el catedrático de Derecho Constitucional en España, pese a insistir en que el Tribunal no da carta blanca a los empresarios a despedir a las musulmanas con velo porque sí, es crítico con esta jurisprudencia. En su opinión sería mejor avanzar en un compromiso de tolerancia que no atentara contra la dignidad y la igualdad de nadie ni tampoco contra el orden público.

Desde el Partido Popular, Teresa Jiménez-Becerril, miembro de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género, cree que la medida no es discriminatoria siempre y cuando se aplique a todo el mundo y no sea algo que sólo afecte a las musulmanas. “No hay que victimizar porque esto lo habrían hecho con cualquier persona, se trata de normas de la empresa privada. Y además se dice en la sentencia que no debe ir en contra de la legislación nacional”.

La política sevillana advierte, no obstante, que habrá que estar vigilantes para que este tema no se utilice por parte de los populismos. “A mi personalmente no me molesta un velo, pero como mujer sí me indigno cuando veo a mujeres a las que sólo se les ven los ojos y que los maridos van frescos y ellas todo tapadas pasando calor. Eso sí que es una profunda discriminación aceptada por ellas. El velo puede ser una cosa cultural, pero si la empresa lo dice pues habrá que aceptarlo”, añade.

Alerta de las ONGs de Derechos Humanos

Mientras, desde Amnistía Internacional advierten que con su sentencia el TJUE ha abierto “una puerta trasera” a los prejuicios. En opinión del director de su Programa para Europa y Asia Central, John Dalhuisen, estos “decepcionantes” fallos judiciales dan “un mayor margen” a los empresarios para “discriminar a las mujeres y a los hombres por sus creencias religiosas” y todo ello “en un momento en que la identidad y la apariencia se han convertido en un campo político de batalla, la gente necesita más protección contra los prejuicios, no menos”.

La irlandesa Amel Yacef, presidenta de la Red Europea contra el Racismo (ENAR), ha dicho en un comunicado que la sentencia obliga a las musulmanas que llevan velo, a los sijs que llevan turbante y a los judíos que usan kippa a elegir entre la expresión de su religión, lo cual es un derecho fundamental, y su derecho de acceso al mercado laboral.