Mujeres del Ejército español en una imagen de archivo.

Mujeres del Ejército español en una imagen de archivo.

España FUERZAS ARMADAS

Defensa rebaja a 155 cm la altura mínima de las mujeres para acceder al Ejército

19 octubre, 2018 10:20

La reivindicación venía gestionándose desde la anterior legislatura con el apoyo de la mayoría de las formaciones políticas y ha sido Margarita Robles quien, desde la dirección del Ministerio de Defensa, la ha aprobado: la altura mínima de las mujeres para acceder a las Fuerzas Armadas se rebaja en cinco centímetros. De los 160 centímetros (la misma que se exige a los hombres), se pasa a los 155. Así se pretende evitar la discriminación hacia las mujeres en los diferentes Ejércitos.

"El Ministerio de Defensa modifica la altura mínima requerida en las futuras convocatorias para el acceso a las diferentes Escalas y Cuerpos de las Fuerzas Armadas y la fija en 160 cm para los hombres y en 155 cm para las mujeres. Con esta decisión, el Ministerio pretende evitar la discriminación que se produce al fijar las mismas alturas para mujeres y hombres al ser diferente la estatura media, por sexo, de la población española", ha señalado Defensa en un comunicado.

La medida responde a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 18 de octubre de 2017 en contra de establecer unas estaturas mínimas comunes para ambos sexos.

El Ministerio de Margarita Robles también ha anunciado que se igualan los requisitos de talla mínima  en todos los procesos de selección con independencia de si se accede a las escalas de oficiales, suboficiales o a la de tropa y marinería. Se evita, además, que puedan existir requisitos distintos de estatura dependiendo si se ingresa mediante acceso directo o por promoción.

En cuanto a los tatuajes de los miembros de las Fuerzas Armadas, Defensa ha señalado que modificará las bases de las convocatorias para evitar la discriminación "por el hecho de utilizar diferentes prendas de uniformes". De ahora en adelante, el reglamento quedará recogido del siguiente modo: "Tampoco son permitidos los tatuajes, argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares, que sean visibles vistiendo las prendas comunes para el personal masculino y femenino de los diferentes tipos de uniformes de las Fuerzas Armadas, en sus distintas modalidades".