Paco de Lucía, en una imagen de archivo.

Paco de Lucía, en una imagen de archivo. Europa Press

Música TRIBUNALES

La Audiencia de Madrid concluye que Paco de Lucía es el autor único de 'Entre dos aguas' y otras 36 piezas

Por segunda vez, la Justicia falla a favor de los herederos del guitarrista en el litigio que les enfrentó a los del productor José Torregrosa, quien figuraba como co-autor.

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Entre dos aguas no está entre dos aguas. Al menos, así lo concluye la Audiencia Provincial de Madrid, que ha determinado rotundamente que Paco de Lucía es el único autor de la célebre canción que le hizo mundialmente reconocido. Y no sólo de ella, sino de otras 36 piezas que estaban en disputa, entre las que se incluyen Gitanos trianerosRumba improvisada o Cuando canta el gallo.

En una sentencia conocida este martes, cuando se cumple el decimoprimer aniversario de la muerte del guitarrista, el tribunal madrileño falla a favor de sus herederos en el litigio que les enfrentaba a los descendientes del productor José Torregrosa, quien falleció en 2005 y figura como co-autor de todos estos temas.

Ahora bien, la Sección 32 de la Audiencia concluye que sólo Paco de Lucía debe ser considerado el autor de estas 37 piezas flamencas, de modo único.

Pese a ello, todos estos temas, que fueron compuestos entre los 60 y los 70 del siglo pasado, figuraban registrados ante la Sociedad General de Autores (SGAE) mediante una "titularidad compartida", entre Paco de Lucía y el productor musical José Torregrosa Alcaraz. A cada uno, por tanto, le correspondían el 50% de los derechos de autor.

No obstante, la Audiencia Provincial, recalca que este último se limitó únicamente a transcribir a una partitura las obras creadas por el guitarrista, quien era un músico autodidacta que carecía de la preparación para hacerlo. También las registró en la SGAE.

Según recogen los magistrados, el verdadero autor de las obras nunca se ocupó de estas gestiones. Y hace unos años, una de sus hijas descubrió que los temas fueron registrados a nombre de dos personas.

Por el lado contrario, los herederos de Torregrosa esgrimían a su favor los "múltiples" arreglos que éste hizo a las obras. Pero la Justicia, por segunda vez —el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid ya falló en el mismo sentido—, desestima su recurso y da la razón a los descendientes de Paco de Lucía.

Señala la Audiencia Provincial que los arreglos musicales no tienen la entidad suficiente ni el alcance para constituir lo que se conoce como una "obra derivada". 

Ello ya obligó a los herederos del productor a devolver las cantidades económicas que habían percibido gracias a que Torregrosa figurase como co-autor. También, a resarcir a la otra parte por el daño moral. El tribunal, ahora, respalda dicha decisión.

Peritaje a Paco de Lucía

Para llegar a esta conclusión ha sido necesario elaborar un peritaje de la obra de Paco de Lucía. Y los profesionales que lo efectuaron concluyeron que sus composiciones "son de tal complejidad técnica (que incluye picados y rasgueos de enorme dificultad) que sólo podían ser concebidas por un guitarrista y, además, de estilo flamenco". El productor, sin embargo, era pianista y no un músico flamenco.

Otro pilar que apuntala la teoría de la autoría exclusiva fue el testimonio del guitarrista Carlos Rebato. Aunque falleció antes del juicio, por lo que no pudo ser interrogado, sí existe un correo electrónico firmado por él en el que narra cómo se gestó Entre dos aguas, de lo cual fue testigo directo. "Y explicaba cómo se desarrolló el proceso de composición de la misma de un modo personal e individual por parte de Paco de Lucía", narra la resolución.

Por otro lado, la Sección 32 de la Audiencia descarta que este conflicto haya sido  "creado artificialmente por los herederos de uno y otro implicado", ya que tiene su origen cuando Paco de Lucía aún vivía. El guitarrista promovió un intento de conciliación ante la SGAE en 2012, que, como establece la sentencia, "respondía, precisamente, a que no estaba dispuesto a permitir que se pudiera compartir el derecho que le correspondía como autor de obras que eran fruto de su exclusiva creación".

"Pero ya antes, cuando menos en 2010, se había quejado él, personalmente, de ello ante la SGAE", añade la resolución. "En el caso que nos ocupa, nos encontramos ante un artista de fama mundial, considerado un maestro de su género, que ha visto negado públicamente el reconocimiento de la autoría exclusiva de un número bastante significativo de sus obras musicales", lamenta el tribunal.

"Consta que mostró su amarga queja por este motivo y que trató de luchar en vida contra esa situación, sin que le diera tiempo a conseguir el éxito en su empeño. Puede comprenderse perfectamente la aflicción que tuvo necesariamente que ocasionar en la persona de Paco de Lucía la vivencia de una situación como ésta, cuando el artista se ve impotente ante la contumacia de la contraparte", finaliza.

Si el genio de las cuerdas no lo hizo antes, fue porque "el concepto de defensa de la propiedad intelectual era algo de lo que no se tenía conciencia en determinados momentos y contextos pretéritos". "Nos referimos a épocas ancladas en el siglo precedente y, particularmente, en ambientes netamente populares como el de la música flamenca", concluyen los jueces Ángel Galgo, Enrique García García y José Ignacio Zarzuelo.

La sentencia de la Audiencia Provincial, que confirma el fallo anterior, aún no es firme, ya que puede ser recurrida ante la Sala Primera del Tribunal Supremo. De ser impugnada, será la más alta instancia del organigrama judicial español la que decida, definitivamente, quién debe y quién no figurar como autor de Entre dos aguas.