Terraza de un bar en Madrid.

Terraza de un bar en Madrid.

Actualidad gastronómica

Es oficial: bares y restaurantes tendrán que evaluar el cierre de terrazas durante las olas de calor extremo

La medida busca reforzar la seguridad y la salud de los empleados reconociéndoles el derecho a la protección.

Más información: Ya ha entrado en vigor: este es el nuevo trámite para despedir a los trabajadores en bares y restaurantes.

Adriana Calvo
Publicada
Actualizada

Los sindicatos FeSMC-UGT y CCOO Servicios y las patronales Hostelería de España y CEHAT firmaron el pasado 13 de abril la modificación del VI Acuerdo Laboral de ámbito Estatal para el sector de la Hostelería (ALEH), "con el objetivo de adecuar el marco regulador a las nuevas realidades legislativas y sociales del país", según informaron en un comunicado.

Este nuevo cambio supone un hito importante, ya que, entre otros puntos clave, adapta el marco laboral a una realidad climática cada vez más inestable. Y no se trata solo de 'buenas intenciones', sino de establecer obligaciones legales para proteger la integridad física de los trabajadores.

Así pues, uno de los aspectos principales es establecer "medidas pioneras de prevención ante riesgos climáticos y catástrofes naturales", una norma que se debe integrar dentro de los planes de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) de las empresas de hostelería, cuyo núcleo principal es la gestión de las alertas meteorológicas oficiales.

Pero, ¿en qué consiste exactamente? Se trata de que las empresas deben tener planes específicos para situaciones de calor extremo, DANAs, inundaciones o grandes nevadas que puedan suponer un riesgo grave para la salud.

Además, se les insta a identificar qué puestos de trabajo están más expuestos (por ejemplo, terrazas, cocinas con altas temperaturas o repartidores) y se obliga a establecer mecanismos para evaluar el riesgo y actuar en consecuencia.

En este sentido, si, por ejemplo, hay una ola de calor extrema y la terraza no tiene sistemas de refrigeración, toldos térmicos o sombras suficientes que bajen la temperatura a niveles seguros, podría decidirse suspender temporalmente la actividad por imposibilidad de garantizar la seguridad del trabajador.

Una terraza al sol en Valencia.

Una terraza al sol en Valencia. iStock

No obstante, antes de llegar a interrumpir la actividad total de la terraza, los hosteleros pueden probar con la redistribución de horarios —evitando el servicio en las horas de mayor insolación—, la rotación de personal —de manera que un mismo trabajador no pase períodos largos fuera—; o facilitar agua fría y uniformes transpirables.

Aun así, si un hostelero obliga a sus empleados a servir en una terraza bajo alerta roja sin medidas de protección y sin posibilidad de garantizar la seguridad, se puede enfrentar a sanciones graves de la Inspección de Trabajo que pueden superar los 50.000 euros en los casos más extremos, ya que se considera una vulneración del derecho a la salud laboral.

En definitiva, el trabajador tiene el respaldo legal para no realizar tareas que pongan en riesgo su vida ante un fenómeno adverso extremo (por ejemplo, trabajar en una terraza bajo una ola de calor de 44°C sin medidas preventivas adecuadas). Esta nueva medida es, ante todo, un refuerzo de su seguridad y salud y un derecho a la protección.