Yolanda Díaz, ministra de Trabajo.
Es oficial: los trabajadores con una jornada entre las 22.00 y las 6.00 "no pueden realizar horas extraordinarias"
El Estatuto de los Trabajadores es la norma que regula el horario y las condiciones generales del ámbito laboral.
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Las horas extra no suelen ser recibidas con gran entusiasmo; no obstante, a veces pueden venir hasta bien por la compensación económica o por recuperarlas en otro momento que nos encaje mejor.
Sin embargo, no todos los trabajadores pueden hacer horas extra, la ley establece límites claros.
En España, la regulación de las horas extra y del trabajo nocturno se recoge principalmente en los artículos 35 y 36 del Estatuto de los Trabajadores, que fijan las condiciones, derechos y restricciones para proteger la salud y el tiempo de descanso de los empleados.
Horas extraordinarias
El artículo 35 del Estatuto establece que las horas extraordinarias deben compensarse de dos maneras posibles: o bien con un pago superior al de la hora ordinaria, o bien con tiempo de descanso equivalente.
En este último caso, la compensación debe disfrutarse dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.
Es decir, si un trabajador realiza horas extra, la empresa no puede simplemente “acumularlas” indefinidamente: deben pagarse o devolverse en forma de descanso en un plazo concreto.
Aunque puedan parecer habituales en algunos sectores, las horas extraordinarias no están permitidas para todos los trabajadores.
De hecho, la normativa establece una limitación especialmente importante: los menores de 18 años tienen prohibido realizar horas extra y también trabajar en horario nocturno.
Además, existen restricciones específicas para los trabajadores nocturnos, que, por la naturaleza de su jornada, no pueden realizar horas extraordinarias.
La ley define como trabajo nocturno aquel que se realiza entre las 22.00 y las 6.00 horas.
El trabajo nocturno está especialmente protegido por la ley, pues su jornada está más controlada que la de otros empleados y no puede superar una media de ocho horas diarias.
De esta manera se busca evitar la acumulación de fatiga, ya que el trabajo nocturno tiene un impacto mayor sobre el descanso y la conciliación, pues van "al revés" del resto del mundo.
El salario del trabajo nocturno
El trabajo en horario nocturno debe contar con una retribución específica, conocida como “plus de nocturnidad”. Este complemento se establece normalmente en la negociación colectiva, es decir, en los convenios.
Sin embargo, hay dos situaciones en las que este plus puede no aplicarse: cuando el salario ya incluye la nocturnidad porque el puesto es nocturno por naturaleza; o cuando la compensación se acuerda en forma de descanso adicional en lugar de dinero.
Por otro lado, el artículo 36 también impone a las empresas una serie de obligaciones para proteger a quienes trabajan de noche.
Entre ellas destacan:
- Comunicación a la autoridad laboral si el trabajo nocturno se realiza de forma habitual.
- Revisiones médicas gratuitas, antes de comenzar el trabajo nocturno y de manera periódica después.
- Derecho a cambiar de turno, si el trabajador presenta problemas de salud relacionados con el trabajo nocturno, siempre que exista un puesto diurno adecuado disponible.
En última instancia, la ley permite al Gobierno establecer límites adicionales para determinadas profesiones o sectores especialmente sensibles, en función de los riesgos que el trabajo nocturno pueda implicar.