Emilio Baena, exinspector de Hacienda.

Emilio Baena, exinspector de Hacienda. Cedida

Sociedad

Un exinspector de Hacienda avisa: “Dos personas iguales en España y una deduce 260 euros más que la otra”

Emilio Baena, con una década de experiencia en la Agencia Tributaria, explica la causa que determina que sea así.

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Las claves
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Un exinspector de Hacienda alerta de diferencias en las deducciones fiscales según la comunidad autónoma de residencia.

Dos personas con situaciones similares pueden deducir cantidades distintas: en el ejemplo, 760 euros en Canarias frente a 500 euros en Cataluña.

Las deducciones por alquiler dependen de factores como la edad, la renta y otros requisitos específicos de cada comunidad autónoma.

Conocer las deducciones autonómicas y sus requisitos puede suponer una ventaja fiscal significativa para los contribuyentes.

Hay una frase muy popular que dice que “todos somos iguales ante la ley”. Si extrapolamos la misma, al tema fiscal, se podría asegurar que “dos personas son iguales ante Hacienda”. Pero la realidad no es así.

“Dos personas iguales en España y una deduce 260 euros más que la otra”, asegura Emilio Baena, exinspector de Hacienda. Y se hace la siguiente pregunta en LinkedIn: “¿Esto cómo puede ser?”.

A continuación, te explicamos la respuesta que da el hoy asesor fiscal y un currículum con más de una década en la Agencia Tributaria (AEAT).

Comunidades autónomas

La respuesta a que dos personas con una situación muy parecida puedan tener resultados fiscales distintos es la siguiente: todo depende de la comunidad autónoma en la que residan.

Para explicarlo, Baena echa mano de la deducción autonómica por alquiler de vivienda habitual como ejemplo. E imagina a dos personas de 32 años, solteras, que viven solas y pagan 800 euros mensuales de alquiler. Es decir, 9.600 euros al año.

Una de esas personas vive en Canarias; la otra, en Cataluña. Veamos lo que le ocurre a cada una de ellas.

La persona que vive en Canarias tiene una deducción del 24% de lo que paga de alquiler. Por lo tanto, el 24% de 9.600 euros es 2.304 euros.

“Pero como existe un límite máximo, no se deduce 2.304 euros. En Canarias, el límite general es de 740 euros y, para menores de 40 años, puede llegar a 760 euros, siempre que se cumplan los requisitos”, especifica Emilio Baena. Como la persona tiene 32 años, la deducción sería de 760 euros.

Mientras que en el segundo caso, recordemos que vive en Cataluña, la deducción general es el 10% de lo pagado. Por lo tanto, el 10% de 9.600 euros es 960 euros.


“Pero también existe un límite máximo”, recuerda Baena. En este caso, hablamos de 500 euros.

¿Cuál es el resultado? Pues que en el caso de Canarias, la deducción es de 760 euros, mientras que en Cataluña se queda en 500 euros. Dicho de otra manera, 260 euros a favor de Canarias.

Requisitos

“Ah, ¿entonces cualquier inquilino en Canarias deduce 760 euros y en Cataluña 500 euros? No”, responde categórico. “Aquí está la trampa de muchos vídeos fiscales. No basta con pagar alquiler. Hay que cumplir requisitos”.

En Canarias, entre otros, “hay límites de renta y el alquiler debe representar más del 10% de la suma de la base imponible general y del ahorro”.

Mientras que, en Cataluña, “la deducción está limitada a ciertos perfiles, como jóvenes de 35 años o menos, desempleados de larga duración, personas con discapacidad igual o superior al 65% o viudos mayores de 65 años. Además, también existe límite de renta”.

En definitiva, y como subraya el asesor fiscal, “conocer estas deducciones autonómicas puede ser una verdadera ventaja fiscal. Pero siempre dependerá de dónde resides, de tu edad, de tu situación personal y de si cumples de verdad los requisitos de cada CCAA”.