Yolanda Díaz, ministra de Trabajo.
Confirmado por ley: el trabajador tiene derecho a permiso para ir a exámenes si cursa estudios oficiales
Se trata de una garantía recogida en el Estatuto de los Trabajadores, en el artículo 23.
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La legislación laboral española reconoce de forma expresa el derecho de los trabajadores a ausentarse de su puesto para acudir a exámenes, siempre que estén cursando con regularidad estudios conducentes a la obtención de un título académico o profesional oficial.
Se trata de una garantía recogida en el Estatuto de los Trabajadores, en el artículo 23.1.a) establece que el empleado tiene derecho al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes, además de preferencia para elegir turno de trabajo y, si el régimen de la empresa lo permite, acceso al trabajo a distancia, siempre que el puesto sea compatible con esta modalidad.
La condición para acceder a este derecho es cursar con regularidad estudios oficiales, ya sea un grado universitario, un ciclo de formación profesional, un máster o cualquier otra titulación reconocida.
Los especialistas en derecho laboral señalan que este permiso cubre el tiempo estrictamente indispensable para realizar la prueba, incluyendo en muchos casos el desplazamiento necesario para acudir a ella.
La propia redacción del artículo 23 remite a la negociación colectiva la concreción de varios aspectos prácticos: cómo se solicita el permiso, cuántas convocatorias cubre o si el tiempo es retribuido.
En ausencia de previsión expresa en el convenio aplicable, la forma concreta de disfrutar el permiso debe fijarse de mutuo acuerdo entre trabajador y empresa.
Además, para poder ejercerlo, el trabajador está obligado a avisar con la antelación suficiente y a justificar documentalmente la convocatoria del examen.
Si la empresa deniega el permiso pese a cumplirse los requisitos legales, el trabajador puede reclamar ante la Inspección de Trabajo o acudir a la vía judicial, ya que se trataría de un derecho reconocido por ley que no depende de la voluntad discrecional del empresario.
Aunque el Estatuto de los Trabajadores fija con claridad el derecho básico, son los convenios colectivos los que terminan de perfilar sus condiciones concretas, por lo que conviene que cada trabajador revise el convenio que le resulta de aplicación antes de solicitar el permiso.