El ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con la Cortes, Félix Bolaños,, este jueves en el Congreso.

El ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con la Cortes, Félix Bolaños,, este jueves en el Congreso. Efe

Tribunales LEY DE AMNISTÍA

Así queda la amnistía: los 8 cambios para que 'afecte a todos los que participaron en el procés, sin excepción'

El PSOE acepta modificar la malversación y el terrorismo, y suprimir la referencia al Código Penal para tomar como referencia la legislación europea.

7 marzo, 2024 11:08

El PSOE ha aceptado finalmente numerosas modificaciones en la proposición de ley de amnistía para lograr un pacto con Junts per Catalunya, el partido de Carles Puigdemont, que permita el Gobierno de Pedro Sánchez dar estabilidad a la legislatura.

Los cambios afectan tanto al articulado -en particular, a los delitos de terrorismo y malversación de fondos públicos- como a la exposición de motivos de la norma.

1- En ésta se añade un párrafo en el que se afirma que "la consecución del objetivo de esta norma pasa por finalizar la ejecución de las condenas y los procesos judiciales que afectan a todas las personas, sin excepción, que participaron en el proceso independentista".

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El resto de los cambios son, en su literalidad, los siguientes:

2- Se amplía el ámbito temporal de aplicación de la amnistía, que comenzará el 1 de noviembre de 2011 en vez de enero de 2012

3- Malversación: "En todo caso, se entenderán comprendidos en este supuesto los actos tipificados como delitos de usurpación de funciones públicas o de malversación, únicamente cuando estén dirigidos a financiar, sufragar o facilitar la realización de cualesquiera de las conductas descritas en el primer párrafo de esta letra, directamente o a través de cualquier entidad pública o privada, siempre que no haya existido propósito de enriquecimiento, así como cualquier otro acto tipificado como delito que tuviere idéntica finalidad".

4- Se añade un nuevo apartado según el cual: "No se considerará enriquecimiento la aplicación de fondos públicos a las finalidades previstas en los apartados a y b [reivindicar, promover o procurar la secesión o independencia de Cataluña, así como los que hubieran contribuido a la consecución de tales propósitos] cuando, independientemente de su adecuación al ordenamiento jurídico, no haya tenido el propósito de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial".

5- Tratos inhumanos: Quedan excluidos del ámbito de la amnistía "los actos tipificados como delitos de torturas o de tratos inhumanos o degradantes con arreglo al artículo 3 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, a excepción de aquellos tratos que no superen un umbral mínimo de gravedad por no resultar idóneos para humillar o degradar a una persona o mostrar una disminución de su dignidad humana, o para provocar miedo, angustia o inferioridad de una forma capaz de quebrar su resistencia moral y física".

6- Terrorismo: Quedan excluidos de la amnistía "los actos que por su finalidad puedan ser calificados como terrorismo, según la Directiva (UE) 2017/541 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativa a la lucha contra el terrorismo y, a su vez, hayan causado de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos, en particular las reguladas en los artículos 2 y 3 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, y en el derecho internacional humanitario"

7- Traición: Quedan excluidos de la amnistía "los actos tipificados como delitos de traición y contra la paz o la independencia del Estado y relativos a la Defensa Nacional del Título XXIII del Libro II del Código Penal, siempre que se haya producido tanto una amenaza efectiva y real como un uso efectivo de la fuerza en contra de la integridad territorial o la independencia política de España en los términos establecidos en la Carta de las Naciones Unidas o en la Resolución 2625 (XXV) de la Asamblea General de Naciones Unidas de 24 de octubre de 1970, que contiene la declaración relativa a los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas".

8- Restitución de multas: "Tampoco dará derecho a la restitución de las cantidades abonadas en concepto de multa, salvo las satisfechas por imposición de sanciones al amparo de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, con excepción de las impuestas por infracciones muy graves, siempre que, a criterio de la Administración que impuso la sanción, se estime que concurren para ello criterios de proporcionalidad".