Una imagen de archivo muestra a flamencos en el Parque Nacional de Doñana.

Una imagen de archivo muestra a flamencos en el Parque Nacional de Doñana. Pixabay

Andalucía

La justicia europea ve ilegales las "extracciones desmesuradas" de agua en Doñana

La abogada general del TJUE pide que se condene a España por vulnerar el derecho medioambiental comunitario.

3 diciembre, 2020 11:05
Bruselas

Noticias relacionadas

La abogada general del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), Juliane Kokott, ha pedido este jueves que se condene a España por infringir la legislación medioambiental comunitaria en la gestión del Espacio Natural de Doñana. El dictamen señala que "las extracciones desmesuradas de agua subterránea" suponen un atentado contra la directiva de protección de hábitats y la directiva marco del agua.

La abogada general propone así que se estime parcialmente el recurso que Bruselas interpuso contra España en enero de 2019. En ella, el Ejecutivo comunitario denunciaba que en el Espacio Natural de Doñana (aunque fuera de las zonas de conservación especial) se encuentran también las áreas de cultivo de frutos rojos (sobre todo fresas) más importantes de Europa. 

Estas zonas, en una medida considerable, se riegan mediante la extracción de agua subterránea. Una extraccion que rebasa la recarga de agua subterránea, al menos en determinadas áreas, de modo que en esos lugares el nivel de las aguas subterráneas lleva descendiendo desde hace muchos años.

La Comisión Europea alegaba que España infrige la prohibición de deterioro que establece la directiva marco sobre el agua y también la directiva de hábitats, ya que hay zonas de conservación que se han secado como consecuencia del nivel cada vez menor de las aguas subterráneas. 

En su dictamen de este jueves, la abogada general concluye que las autoridades españolas han vulnerado efectivamente la directiva marco del agua por dos motivos. En primer lugar, al estimar las extracciones de agua subterránea en Doñana, no han tenido en cuenta ni la captación de agua potable ni las extracciones ilegales. Sin estos factores, no puede evaluarse correctamente el estado de las aguas subterráneas ni prever si se han tomado suficientes medidas paliativas.

En segundo lugar, España no ha previsto "ninguna medida dirigida a evitar los efectos negativos que las extraccione de agua para abastecer el núcleo turístico de Matalascañas, situado en las inmediaciones, tiene sobre una serie de tipos de hábitat protegidos en la zona de conservación de Doñana".

Además, España inclumple también la directiva de hábitats dado que las tres zonas de conservación de Doñana (Doñana Norte y Oeste y Dehesa del Estero y Montes de Moguer) "sufren repercusiones negativas significtivas como consecuencia de las extracciones de agua". 

El dictamen de la abogada general no es todavía vinculante, pero el TJUE suele seguir sus recomendaciones en el 80% de los casos. Ahora los jueces empiezan a deliberar y la sentencia final se publicará en los próximos meses. Si las autoridades españolas no corrigen entonces la situación en Doñana, Bruselas podría pedir la imposición de multas diarias.