Ana Ercoreca, presidenta de los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

Ana Ercoreca, presidenta de los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social. RTVE

Sociedad

Ana, inspectora de trabajo: "Para reclamar el festivo que cayó en fin de semana y cambiarlo por otro día tenemos un año"

La sentencia del Tribunal Supremo del 30 de abril de 2025 sostiene que se tiene que compensar a los trabajadores que no puedan disfrutar los festivos.

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Las claves

El Tribunal Supremo reconoce el derecho a compensar festivos que caen en fin de semana con otro día de descanso.

Los trabajadores tienen un año para reclamar la compensación de festivos no disfrutados por coincidir con días de descanso.

La compensación aplica tanto a festivos nacionales, regionales como locales, incluidos aquellos en los que el trabajador ya libraba.

El derecho a la compensación es independiente de las vacaciones y está amparado por la sentencia del Supremo.

A lo largo del año hay varios días festivos en España. Año nuevo, Semana Santa, el Día del Trabajador, el Día de Todos los Santos... Siempre que caen entre semana, supone un día libre más para la mayoría de trabajadores. Sin embargo, ¿qué ocurre cuando caen en fin de semana? ¿Se recuperan otro día?

Históricamente, ese día se perdía. Sin embargo, el Tribunal Supremo publicó una sentencia el 30 de abril de 2025 en la que reconoce el derecho al descanso compensatorio cuando un festivo coincide con el día de descanso semanal, es decir sábado o domingo en la gran mayoría de casos.

En este sentido, Ana Ercoreca, presidenta de los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, ha querido indagar en el significado de esta sentencia y explicar cómo la pueden interpretar los trabajadores todavía a día de hoy, casi un año después del fallo del Alto Tribunal.

Derecho a 14 días festivos anuales

"Tenemos un año para reclamar que ese festivo que cayó en sábado nos lo compensen con otro día", expone la funcionaria en una entrevista con el programa Aquí hay trabajo de RTVE.

Hace referencia concretamente a los días de fiesta del 1 de noviembre y del 6 de diciembre de 2025, que cayeron en fin de semana y que todavía se pueden reclamar con carácter retroactivo gracias al amparo del Supremo.

"Tenemos un plazo de un año hasta el 1 de noviembre o 6 de diciembre para reclamar que ese festivo que cayó en sábado nos lo compensen", insiste Ercoreca.

Y no sólo si caen en fin de semana, también hace hincapié en que si, por ejemplo, un día feriado regional o nacional tuvo lugar entre semana y ese trabajador libra ese preciso día, también tiene derecho a una compensación.

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"Es una sentencia muy importante porque deja claro que si cae en mi día de descanso, si un compañero tuviera otro día sería discriminatorio. Por eso el Tribunal Supremo dice que sí tenemos derecho y nos lo tiene que sincronizar otro día", analiza la inspectora.

Además, hace una diferenciación importante entre los días de vacaciones y los días festivos a los que se tiene derecho durante el año. "Una cosa es el descanso y otra cosa son los festivos que tenemos derecho, que son 14 al año y dos de carácter local", aclara.

Por lo tanto, aunque cada convenio colectivo tiene sus particularidades, los trabajadores que no han disfrutado de las jornadas festivas del año pasado porque no les tocaba trabajar ese día están a tiempo de solicitar una compensación ante la empresa.