La notaria Cristina Clemente.

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Estilo de vida

Cristina, notaria: "Las herencias entre hermanos en España pueden aplazarse 6 meses más para decidir si conviene partir"

Esta opción, aconsejada por la notaria Cristina Clemente, facilita el reparto de bienes y ayuda a evitar gastos adicionales en el momento de dividir la herencia.

Más información:Cristina Clemente, notaria: "Donar tus bienes con 60 años es un error y puede salirte muy caro en España"

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En España, a la dureza emocional de perder a un ser querido se le añade un impacto económico adicional: el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD). Se trata de un impuesto directo y personal que grava el aumento de patrimonio recibido de forma gratuita, ya sea a través de una herencia, una donación, un legado o incluso determinados seguros de vida.

La gestión y buena parte de la recaudación de este impuesto depende de las comunidades autónomas, que tienen la potestad de establecer sus propias reducciones y tarifas. A nivel general, el impuesto se rige por la normativa estatal, concretamente por la Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y por su Reglamento, aprobado mediante el Real Decreto 1629/1991.

Cuando la herencia se reparte entre hermanos, la carga fiscal y los trámites administrativos suelen venir acompañados de una sensación de prisa que no siempre beneficia a los herederos. Es común que, tras la muerte de los padres, los hijos se precipiten a repartir los bienes, sobre todo si hay uno o varios inmuebles.

Según la notaria y especialista en herencias, Cristina Clemente, este suele ser uno de los fallos más comunes. "Sois varios hermanos, vuestros padres han fallecido dejando uno o varios inmuebles y como pensáis que tenéis solo 6 meses para aceptar la herencia pues lo hacéis todo aprisa", explica.

En ese reparto apresurado, comenta Clemente, es habitual que los herederos se asignen los bienes por separado con la intención de regularizar la situación más adelante a través de una extinción de condominio. Sin embargo, la notaria alerta de que ese suele ser precisamente el error más común.

@notariabuendia ⚠️ Heredar con prisas puede salir caro… . Cuando fallecen los padres y hay varios hermanos, muchos piensan que tienen solo 6 meses para aceptar la herencia y la reparten a toda prisa, dividiendo los inmuebles “ya lo arreglaremos después”. ❌ ¡Gran error! . 📝 El plazo para aceptar la herencia es de 30 años, lo que vence en 6 meses es solo el plazo para pagar el impuesto de sucesiones (que además puede ampliarse 6 meses más). Con ese tiempo extra, podéis planificar mejor y evitar problemas futuros: adjudicar los bienes completos a un heredero y compensar al resto en dinero puede ahorraros impuestos y trámites. . Una buena partición hoy evita dolores de cabeza mañana. . Tú tienes derecho a elegir Notario. Un Notario que te escuche, te acompañe, tu historia, nuestra firma ❤️ . 💬 Si crees que este vídeo puede ayudar a alguien, compártelo. Si te surgen dudas, déjalas en comentarios o escríbeme un DM. . #Herencias #PlanificaciónFamiliar #TuHistoriaNuestraFirma ♬ sonido original - notariabuendia

El gran error, según advierte Clemente, es confundir los plazos: "Error. Confundir el plazo para aceptar una herencia que es de 30 años, con el plazo para autoliquidar el impuesto de sucesiones que es de 6 meses". Una diferencia fundamental que, si se desconoce, puede derivar en más gestiones, mayores impuestos y un aumento de los costes notariales.

La notaria también aclara que el plazo fiscal de seis meses no es tan inflexible como suele pensarse. "Podéis pedir un aplazamiento de 6 meses más", señala, lo que permitiría extender el plazo un año y así tomar decisiones con más calma. Un margen que puede ser clave: "¿Por qué solicitar el aplazamiento? Porque dispondremos del plazo de un año para decidir si efectivamente nos interesa partir de verdad", explica.

Evita gastos innecesarios

Contar con más tiempo también abre la puerta a soluciones más eficientes, como asignar un inmueble completo a uno de los hermanos o distribuir varios bienes entre los herederos, compensando al resto con dinero. Esto ayuda a evitar gastos innecesarios en el futuro y a simplificar la gestión de la herencia.

Clemente lo resume así: "Es decir, adjudicar un único bien a uno de los herederos o si son varios bienes adjudicar cada uno por entero a uno de los herederos compensando siempre en metálico a los demás".

Esta opción no solo facilita el reparto entre herederos, sino que también permite reducir gastos a largo plazo. "Con eso nos estaremos ahorrando una escritura de extinción de condominio con su correspondiente impuesto", destaca la notaria. Además, añade un detalle clave en materia fiscal: "Esa compensación en metálico en la herencia no supone ninguna liquidación adicional al Impuesto de Sucesiones".

De hecho, esta visión cuenta con el respaldo de los tribunales. Como recuerda Clemente, la compensación económica entre herederos no está sujeta al Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, una interpretación que fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en una sentencia del 30 de septiembre de 2024.