El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido.

El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido. Alejandro Martínez Vélez Europa Press

Tribunales

El juez Llarena deja sin efecto la orden de detener a Puigdemont minutos después de la decisión del TC de amnistiar la malversación

La amnistía vuelve a fracturar al Tribunal Constitucional, que pone fin a la aplicación de la norma por 7 votos frente a 5.

Más información: No habrá 'castigo' a Puigdemont por el 'no' de Junts: el TC no piensa alterar el calendario del fallo que le amnistiará

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El juez Pablo Llarena deja sin efecto la orden de detención contra Carles Puigdemont tras el fallo del Constitucional sobre la amnistía de la malversación.

El TC ordena al Supremo declarar amnistiado el delito de malversación vinculado al procés, con carácter preferente y urgente.

La decisión, aprobada por siete votos frente a cinco, abre la vía para el regreso de Puigdemont a España tras permanecer huido desde 2017.

La amnistía elimina la inhabilitación de Junqueras, Turull, Romeva y Bassa para ejercer cargos públicos, después de que fueran indultados de las penas de prisión.

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha acordado dejar sin efecto la orden de detención que pesaba sobre el expresidente catalán Carles Puigdemont.

Lo ha hecho minutos después de cononocer que el Tribunal Constitucional ha puesto punto final a la aplicación de la controvertida ley de amnistía ordenando a la Sala Penal del Tribunal Supremo que exima de toda responsabilidad a los condenados y procesados por el delito de malversación de los fondos públicos destinados al proceso independentista catalán.

Entre ellos, Carles Puigdemont, huido de la Justicia desde 2017, que podrá regresar a España ya mismo.

La ley de amnistía ha vuelto a fracturar al TC, que ha respaldado la amnistía del delito de malversación por 7 de la mayoría progresista (Cándido Conde-Pumpido, Inmaculada Montalbán, Ramón Sáez, María Luisa Balaguer, Juan Carlos Campo, María Luisa Segoviano y Laura Díez Bueso) frente a los cinco magistrados conservadores.

Estos últimos -Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel, César Tolosa y José María Macías- han anunciado un voto particular que será conjunto.

El Constitucional ha aprobado la ponencia del presidente del tribunal, Cándido Conde-Pumpido, que ampara a Dolors Bassa, una de las cuatro miembros del Gobierno de Puigdemont que fue condenada por el Tribunal Supremo en 2019 por ese delito. Los otros tres fueron el exvicepresidente Oriol Junqueras y los exconsejeros Jordi Turull y Raül Romeva.

Una vez que los cuatro fueron indultados por el Gobierno de Pedro Sánchez de la pena de prisión que les quedaba por cumplir, la aplicación de la amnistía supone para ellos la desaparición de la pena de inhabilitación para ejercer cargos públicos.

Conde-Pumpido ha asumido también la ponencia del recurso de Turull, que ha sido la primera en deliberarse, después de que su inicial ponente, Macías, retirara el texto que había presentado con la tesis de la mayoría.

El juez Macías defendió el pasado 22 de septiembre su ponencia original, que respaldaba la interpretación de la Sala Penal del Tribunal Supremo de que la ley de amnistía, tal como quedó redactada, no permitía su aplicación a la malversación de fondos públicos realizada por los responsables del procés.

Esa ponencia no recibió el apoyo del grupo progresista y Macías aceptó redactar un nuevo texto de acuerdo con el criterio mayoritario para su debate en el siguiente pleno, el convocado para este martes.

Paralelamente, Conde-Pumpido repartió su proyecto de sentencia sobre el recurso de Bassa con la intención de debatirlo también hoy.

Se trata de una resolución mucho más contundente en su apoyo a la amnistía de la malversación que la redactada por Macías.

Aunque Conde-Pumpido ha limado algunas de las expresiones que han ofendido al Tribunal Supremo, el fallo de la sentencia es claro y taxativo: la Sala Penal debe "efectuar un nuevo pronunciamiento en que se declare amnistiado el delito de malversación de caudales públicos".

Y ha de hacerlo, además, "tomando en consideración el carácter preferente y urgente" que establece la ley de amnistía.

En cuanto se incorpore el voto particular de la minoría, el TC remitirá las dos sentencias aprobadas a la Sala Penal del Tribunal Supremo, que tiene la intención de acatar el fallo del Constitucional en cuanto la tramitación lo permita.