Luis Medina, en los juzgados.

Luis Medina, en los juzgados. Gtres.

Tribunales CASO MASCARILLAS

El juez afea a Podemos que quisiera atribuir un delito fiscal a Luis Medina en el 'caso Mascarillas'

El magistrado insiste en que la instrucción ha acabado, en que la AEAT desmiente a Podemos y en que el Ayuntamiento fue víctima de la estafa.

22 junio, 2023 14:41

Adolfo Carretero, el juez que ha investigado el llamado caso Mascarillas, ha afeado al partido Podemos que trate de atribuir un delito fiscal a uno de los procesados en esta causa, el aristócrata Luis Medina.

Así se pronuncia en un auto fechado el pasado 21 de junio, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL. El magistrado, titular del Juzgado de Instrucción 47 de Madrid, recalca que la instrucción de esta causa ya ha acabado e insiste en que el Ayuntamiento de la capital es el perjudicado por la supuesta estafa cometida por Medina y el otro investigado, el empresario Alberto Luceño.

En el caso Mascarillas, el Juzgado ha investigado la venta al consistorio madrileño de mascarillas, guantes y test contra la Covid efectuada en marzo de 2020, al inicio de la pandemia del coronavirus. Parte de este material era defectuoso y los dos imputados habrían inflado sus precios. Por intermediar en la compra, Luceño y Medina se embolsaron cuantiosas comisiones que ocultaron al Ayuntamiento. Los dos ya han sido procesados por estafa agravada y falsedad documental.

El pasado abril, Carretero exoneró a ambos del supuesto delito de blanqueo de capitales, pero atribuyó al empresario un delito fiscal. ¿Por qué? Por "defraudar a la Hacienda Pública en más de 120.000 euros" que debió haber pagado como IRPF —y no mediante el Impuesto de Sociedades— tras cerrar aquella venta.

Por su parte, Podemos presentó el pasado mayo un escrito, consultado por este medio, en el que solicitaba investigar si Luis Medina declaró sus ganancias mediante una sociedad "creada ad hoc para ello". Concretamente, se trata de la mercantil Sextante Trade Desk SL, constituida el 18 de mayo de 2020. A juicio de Podemos, dicha actuación podría constituir un delito fiscal.

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La creación de esta empresa fue revelada por un informe policial que el juez encargó y que le fue entregado cuando ya había finalizado la instrucción. Podemos, de hecho, tachó de "prematuro, sin asomo de dudas", el cierre de la investigación.

Ahora bien, la Fiscalía Anticorrupción, en respuesta a las peticiones del partido izquierdista, señaló que "la existencia de Sextante Trade Desk SL" ya figuraba en el sumario del caso. Lo que no consta en él es ingreso alguno por valor de 915.000 euros. "Una operación que, de haberse producido, habría resultado ciertamente sospechosa. (...) No habiendo constancia de ese cobro, no hay, por tanto, posibilidad de cometer un delito fiscal por no haberlo declarado a las autoridades tributarias", señaló Anticorrupción en un informe, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL.

"Tampoco tiene sentido pedir información a la Agencia Tributaria para acreditar la comisión de un presunto delito fiscal, que, de haberse cometido, con toda seguridad habría sido ya puesto en conocimiento de la autoridad judicial por la propia Agencia Tributaria, como, de hecho, ha sucedido con el delito fiscal cometido por el otro investigado", señaló el fiscal Luis Rodríguez Sol.

"Los últimos informes de la Policía, si bien aportan elementos útiles para la prueba de los delitos que ya eran objeto de investigación en la presente causa, no aportan indicios de la comisión de nuevos delitos que merezcan ser investigados en la misma", añadió.

Fotomontaje de los dos investigados en el 'caso Mascarillas': Luis Medina (i) y Alberto Luceño (d)

Fotomontaje de los dos investigados en el 'caso Mascarillas': Luis Medina (i) y Alberto Luceño (d) Europa Press

En sintonía con el Ministerio Público, el juez Carretero señala en su auto que, "después del examen por parte de la Policía Judicial de las conversaciones de interés para la causa", no existen indicios de un delito fiscal cometido por Medina.

"No formulándose, además, por la Agencia Tributaria cargos por delito fiscal contra el investigado y no teniendo legitimación para ello una acusación popular", reprocha el juez.

"En el presente procedimiento, se vuelve a insistir una vez más, el Ayuntamiento de Madrid tiene la condición de perjudicado y los cargos contra los investigados que han podido cometer los delitos ya han sido determinados, por lo que la petición de más diligencias para ver si en alguna de ellas pueden existir indicios de cambiar la relación procesal, no sólo es ya extemporánea, sino que convierte a la investigación en prospectiva y hace desmerecer la dificultosa y concienzuda labor de la Policía Judicial, que ha examinado todas las circunstancias del caso y no imputa policialmente más delitos que los que se han imputado judicialmente a los investigados", concluye el magistrado.

PSOE y Más Madrid, que también ejercen la acusación popular en el caso Mascarillas, se habían adherido a las peticiones de Podemos. A lo largo de la instrucción, los tres partidos de izquierdas han tratado, sin éxito, que se cite como imputados a diversos cargos municipales.

Podemos también solicitó que se investigasen varios mensajes de Luceño con la entonces responsable de compras del Ayuntamiento, Elena Collado, y con otros funcionarios del Ayuntamiento de Madrid. Fue ella la que negoció la compraventa con el empresario y aseguró que nunca supo que éste cobraría una comisión tan elevada. En respuesta, el juez subraya que la Policía no ha determinado que estos wasaps sean de interés para la causa.

Medina y Luceño, procesados

El pasado mes de abril, el magistrado propuso juzgar a Luis Medina y Alberto Luceño por esta presunta estafa al Ayuntamiento de Madrid en la compraventa de material sanitario en 2020.

Aquello ocurrió, señaló Carretero, en "el peor momento de la pandemia" de la Covid-19. Según expuso en su auto, ambos inflaron los precios de guantes, mascarillas y test para obtener "elevadas comisiones".

La Fiscalía solicita una condena de quince años de prisión para Luceño y otra de nueve años de cárcel para Medina.