Hospital de campaña en Lérida

Hospital de campaña en Lérida EFE

Tribunales

Reuniones de más de 10 personas: la Justicia las permite en Hospitalet pero las prohíbe en Lérida

La Generalitat había solicitado restringir el número de vecinos o familiares que se reuniesen en las localidades con nuevos focos de coronavirus.

15 julio, 2020 03:53

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Las peticiones de la Generalitat de Cataluña para luchar contra los nuevos focos de coronavirus en Lérida y en Hospitalet de Llobregat (Barcelona) han sido escuchadas de forma dispar en las dos provincias.

El Govern catalán había pedido implementar una serie de medidas a través del Plan Territorial de Protección Civil de Cataluña (PROCICAT). Entre ellas estaban la obligación de llevar mascarillas, guardar una distancia de un metro y medio o la prohibición de reunirse más de 10 personas.

Este último punto es el que ha generado diferencias entre las dos zonas con nuevos focos de contagio. El Juzgado de Instrucción número 16 de Barcelona explicaba en un auto publicado bien entrada la madrugada de este miércoles que esa restricción escapaba de las competencias territoriales de la Generalitat.

El magistrado, de acuerdo con el informe del fiscal, ha dado el visto bueno al grueso de medidas que se acordaban en el Plan, a excepción de las que atañen a la reunión de personas "por desproporcionada y carecer la Administración solicitante (la Generalitat) de título habilitante para acordarla".

"Nada se opone a que se produzcan reuniones de más de diez personas si estas respetan las obligaciones impuestas" como llevar mascarillas o mantener la distancia social. 

Minutos más tarde, un segundo auto, esta vez del Juzgado de Instrucción número 2 de Lérida, ratificaba todas las medidas propuestas por la Generalitat, incluyendo la restricción del número de personas que podían reunirse. De estas medidas excluye al municipio de Massalcoreig al entender que no se dan niveles de contagio suficientes.

La validez de esta ratificación en Lérida es por un plazo de 15 días, que pueden ser prorrogados, y exige a la Generalitat que informe semanalmente de la evolución de la pandemia de las propuestas de corrección de las medidas acordadas en su caso.

En ambos casos la Fiscalía se ha opuesto a que se restrinjan las reuniones de ciudadanos y los dos autos de los jueces son recurribles.

Disparidad de criterios

Ambos magistrados han dado sus argumentos jurídicos para permitir o no el confinamiento de los vecinos de Léridad y Hospitalet. El instructor de Barcelona cree que esa medida escapa de la competencia de la Generalitat y que es desproporcionada. Entiende el juez que la legislación a la que se aferra la Generalitat sólo hace referencia a la "limitación de actividad, desplazamientos de personas y prestaciones de servicios".

El magistrado de Lérida, en cambio, entiende algo totalmente diferente a su colega, y señalando el mismo apartado de la legislación se ampara en que el Govern sí puede restringir esas reuniones. A su entender las medidas son necesarias ya que las "reuniones han demostrado ser un foco de contagio, contagios que se intentar minimizar en los posible". 

Y para apoyar su tesis se basas en las decisiones tomadas por el Gobierno central durante el estado de alarma: "las medidas son necesarias, pues las adoptadas hasta la fecha de esta resolución no han podido alcanzar ampliamente los objetivos de control de la pandemia y reducción de riesgo de contagios. Vale acudir a las medidas adoptadas durante el estado de alarma, más restrictivas de derechos y libertades que las que se solicitas, que han reducido muy sensiblemente el riesgo de contagio y permitido avanzar en el control de la pandemia".

Quim Torra

El plan inicial del presidente de la Generalitar, Quim Torra, era la de confinar a la población de los territorios donde se produjesen rebrotes de coronavirus importantes. Era el caso de la comarca del Segriá, pero la juez del Juzgado de Instrucción 1 de Lérida no ratificó su decisión al entender que esa era una decisión estatal que debía tomarse bajo el estado de alarma. 

Torra decidió tirar para adelante con su decisión asumiendo las posibles "consecuencias" que su desobediencia podría acarrearle. Sin embargo en las últimas horas de este martes rebajó las pretensiones, como refleja el informe del PROCICAT donde se pedían estas nuevas medidas para los barrios de La Torrassa, La Florida y Collblanc, en Hospitalet. Ahora la Justicia le da la razón a medias.

El nuevo texto legal ya no prevé confinamientos domiciliarios y solo se basa en “recomendaciones”.  Con todo, los vecinos de Lérida así como los de Hospitalet de Llobregat podrán salir de sus viviendas, y los comercios y locales de restauración mantendrán su actividad habitual, eso sí, incrementando las medidas de control.

Al mismo tiempo, los Mossos d’Esquadra no podrán sancionar a aquellos ciudadanos que salgan a la calle aunque lo hagan por otras motivaciones más allá de desplazarse a sus lugares de trabajo. La restricción se limitará a la entrada y salida de estas siete comarcas del Segrià.