La actual Junta Electoral Central./

La actual Junta Electoral Central./ Efe

Tribunales

Por qué es falso que la "derecha judicial" haya apartado a Torra de su escaño en el Parlament

En contra de lo que afirman Pablo Iglesias y Alberto Garzón, fue una jueza progresista la que inclinó la balanza a favor del cese como diputado.

6 enero, 2020 01:56

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"La derecha española, a través de su reaccionario brazo judicial, inhabilita a Torra", escribió Alberto Garzón, coordinador federal de Izquierda Unida, tras conocer la decisión de la Junta Electoral Central de dejar sin efecto el acta de Quim Torra como diputado del Parlament de Cataluña.

La idea fue retomada el sábado durante el debate de investidura por Pablo Iglesias, secretario general de Podemos, que, ante el silencio de Pedro Sánchez, criticó a los que calificó como "jueces de ideología reaccionaria".

La realidad es, sin embargo, que fue una magistrada de tendencia progresista la que emitió el voto determinante para el cese de Torra en su cargo de diputado autonómico. Y que un juez promovido por los conservadores se alineó en el sector de la JEC que se opuso a ese cese. También hubo votos mezclados cuando llegó el turno de Oriol Junqueras: un magistrado conservador se pronunció en contra de retirarle la credencial de europarlamentario mientras que una magistrada progresista apoyó la decisión.

El debate sobre el cese de Torra como diputado, tras haber sido condenado por un delito de desobediencia a una pena de inhabilitación para cargos públicos, polarizó a la Junta Electoral Central. Se trataba de decidir si correspondía aplicar una norma de la ley electoral introducida en 2011 que establece que son inelegibles para cargos electos "los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos (...) contra la Administración Pública (...) cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación".

Debate de cinco horas

El acuerdo adoptado por la Junta Electoral Central (JEC) se circunscribe al acta de diputado autonómico, que es el cargo electo de Torra. No se refiere al cargo de presidente de la Generalitat, para el que quedaría inhabilitado en firme si la Sala Penal del Tribunal Supremo ratificara la sentencia condenatoria dictada el 19 de diciembre por el Tribunal Superior de Cataluña.

Pero en este momento ni siquiera es seguro que el cese como diputado conlleve su destitución como jefe del Govern. Aunque el Estatuto de Cataluña establece que el presidente de la Generalitat será elegido entre uno de los diputados del Parlament (por lo que hay que tener esta condición en el momento de la elección), existe la tesis de que, una vez designado, no es preciso conservar el acta parlamentaria durante todo el mandato. Éste es, de hecho, el criterio que el propio Torra ha mantenido en un escrito a la JEC.

A lo largo de las cinco horas que duró el debate de la JEC sobre Torra las mayorías parecieron ir cambiando por las oscilaciones en la postura de los vocales que proceden de la Judicatura (ocho en total). Los que mantuvieron posiciones monolíticas fueron los cinco vocales que son catedráticos de Universidad, pero aquí no hay mayoría de derechas: tres fueron designados por el PSOE y Unidas Podemos (Juan Montabes, Consuelo Ramón e Inés Olaizola) y dos por el PP y Ciudadanos (Carlos Vidal y Silvia del Saz). 

La magistrada progresista

A los tres vocales catedráticos propuestos por socialistas y UP, contrarios a dejar sin efecto el acta de Torra como diputado autonómico, se unieron los magistrados progresistas José Luis Seoane y María Luz García Paredes, así como el también magistrado Antonio Sempere, promovido al Supremo por el sector conservador del Consejo General del Poder Judicial en abril de 2014.

A favor de apartar a Quim Torra del escaño había otros seis votos: los del presidente de la JEC, Antonio Fonseca-Herrero; la vicepresidenta, Inés Huerta; los magistrados Francisco José Navarro y Eduardo de Porres y los catedráticos Vidal y Del Saz. 

Fue la magistrada de la Sala Penal Ana Ferrer, de tendencia progresista, la que inclinó la balanza en contra de Torra. Ferrer -la primera mujer que accedió a la Sala Segunda- es miembro de Jueces para la Democracia (asociación judicial habitualmente alineada con el PSOE) y su nombre se barajó por el Gobierno como vicepresidenta del Supremo en la frustrada renovación del Consejo General del Poder Judicial de noviembre de 2018. Su voto en la JEC es una de las pruebas de que la decisión no respondió a motivaciones ideológicas.

No es la única. Los jueces que forman parte (por sorteo) de la Junta Electoral Central tampoco se alinearon en función de la ideología política que se les atribuye en la resolución que afectó al líder de ERC, Oriol Junqueras, que se debatió a continuación de la de Torra.

Votación sobre Junqueras

La votación para retirar a Junqueras la credencial de diputado europeo -derivada de su condena firme en la causa sobre el proceso soberanista catalán- fue menos ajustada que la de Torra: 7 votos frente a 5. Ana Ferrer no participó en este asunto al ser miembro del tribunal del procés, de manera fueron 12, y no 13, los miembros de la JEC que decidieron.

La ausencia de Ferrer dejaba, en principio, dividida a partes iguales a la Junta Electoral: 6 votos frente a 6. Se produjeron, sin embargo, cruces de votos en los dos sectores. El conservador Eduardo de Porres (que votó contra Torra) se pasó al ala progresista a favor de Junqueras, mientras que la progresista María Luz García Paredes (que había votado a favor de Torra) votó en contra Junqueras. Esto mismo hizo Sempere.

Fuentes del Supremo defienden la profesionalidad de los miembros de la JEC. "A lo mejor el gravísimo problema no está en las altas instancias de la Judicatura sino en las altas instancias de la política, que desacreditan sin fundamento a los jueces", señalan.