Oriol Junqueras, en el juicio del Supremo.

Oriol Junqueras, en el juicio del Supremo. Efe

Tribunales

La Junta Electoral retira la condición de eurodiputado a Junqueras, que pierde toda inmunidad

El órgano de administración electoral declara que la condena del 'procés' es una causa sobrevenida de inelegibilidad.

3 enero, 2020 21:27

La Junta Electoral Central ha decidido este viernes anular el mandato del líder de ERC, Oriol Junqueras, como miembro del Parlamento Europeo.

La decisión, tomada a las pocas horas del comienzo de la investidura de Pedro Sánchez, para la que ERC ha comprometido su abstención, supone que Junqueras carece desde este momento de toda inmunidad.

El acuerdo de la JEC, adoptado por 7 votos frente a 5, es relevante porque el Tribunal Supremo tiene pendiente decidir qué incidencia debe tener la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que ha declarado que Junqueras adquirió la condición de eurodiputado tras ser proclamado electo el pasado 13 de junio y se le debió conceder un permiso de excarcelación para acudir ante la JEC a cumplimentar los requisitos de acceso al cargo.

Pero en aquel momento Junqueras era un preso preventivo, ya juzgado y a la espera de sentencia. Hoy es un condenado a 13 años de cárcel y otros tantos de inhabilitación absoluta para todo cargo público.

La ley electoral española establece que no pueden acceder a cargos electos "los condenados por sentencia firme, a pena privativa de libertad, en el período que dure la pena". La condena del 'procés', dictada el pasado 14 de octubre, constituye un hecho sobrevenido que ha llevado a la Junta Electoral Central a anular el mandato de Junqueras como eurodiputado, con las inmunidades que el cargo conlleva.

El acuerdo -contra el que cabe recurrir ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, aunque es inmediatamente ejecutivo- significa que Junqueras ya no tiene que cumplimentar los requisitos para el acceso efectivo a un cargo, el de eurodiputado, que ya no posee. Por tanto, tampoco procede que tome posesión del escaño en Estraburgo. Todo ello, claro está, a expensas de la decisión que tome la Sala del 'procés' sobre la situación de Junqueras.

Votos cruzados

La JEC ha acordado la anulación del mandato de Junqueras estimando las peticiones que hicieron en ese sentido el PP y Ciudadanos. En la votación no participó la magistrada Ana Ferrer, miembro de la Sala del 'procés', que sí intervino previamente en el asunto de Torra, votando a favor de su cese como diputado autonómico.

A favor de la anulación del mandato de Junqueras votaron el presidente de la JEC, Antonio Fonseca-Herrero; la vicepresidenta, Inés Huerta, y los vocales Silvia del Saz, Carlos Vidal, Francisco Jose Navarro, María Luz García Paredes y Antonio Sempere.

Estos dos últimos, en cambio, habían votado minutos antes en contra de retirar a Torra el escaño en el Parlament.

Hubo más cambios. El magistrado de la Sala Penal del Supremo Eduardo Porres votó a favor de cesar a Torra pero en contra de anular el mandato de Junqueras.

El grueso de los votos favorables a mantener en sus cargos electos a Torra y Junqueras provino de forma monolítica de los vocales designados a propuesta del PSOE y Unidas Podemos (Consuelo Ramón, Juan Montabes e Inés Olaizola) y el magistrado de la Sala Civil del Supremo José Luis Seoane.