Los acusados del caso Pretoria, en el banquillo.

Los acusados del caso Pretoria, en el banquillo. EFE

Tribunales CASO PRETORIA

Dos 'escuderos' de Jordi Pujol, condenados a un año de prisión y multas millonarias por corrupción

Macià Alavedra y Lluis Prenafeta, exconsejero de la Generalitat y asesor del expresidente Jordi Pujol, tendrán que pagar 3,2 y 5,8 millones de euros, respectivamente.

2 julio, 2018 15:41

La Audiencia Nacional ha condenado a penas de entre un año y 7 años y 1 mes de cárcel a los once acusados en el juicio de la llamada 'Operación Pretoria', en el que se han juzgado actuaciones irregulares en operaciones urbanísticas desarrolladas durante los años 2002 a 2009 en las localidades de Santa Coloma de Gramenet, San Andrés de Llavaneras y Badalona, así como las ganancias que los acusados ingresaron en sus patrimonios directamente o bien a través de intermediarios o testaferros.

Entre los condenados por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional se encuentran Macià Alavedra y Lluis Prenafeta, dos hombres de confianza del expresidente catalán Jordi Pujol. El primero fue su consejero de Industria y Economía en las décadas de los 80 y 90. El segundo es un reconocido empresario catalán que asesoró al expresident. De ahí que se le llegara a apodar como el "rasputín" de Pujol, por su astucia.

Ambos ha sido condenados a una pena de 1 año y 11 meses de prisión por los delitos de tráfico de influencias y blanqueo de capitales por el cobro de comisiones por parte de empresarios catalanes. Alavedra ha recibido la imposición de una multa de 3,2 millones de euros y Prenafeta, de 5,8 millones de euros. 

Comisiones 'Off shore'

Según la sentencia, el exsecretario de Presidencia de la Generalitat en los 80, Prenafeta, y el exconsejero de Industria Alavedra, intervinieron activamente en las operaciones de especulación inmobiliaria desplegadas en Santa Coloma de Gramanet, San Andrés de Llavaneras y Badalona para favorecer a empresarios particulares. 

Según los jueces, ambos "sabedores de los contactos e influencias que Luis Andrés García 'Luigi' (exdiputado de PSC) tenía en estos municipios y del ascendiente e influencia que ellos ejercían sobre determinados cargos públicos de Cataluña, se concertaron con el mencionado García, planificando y ejecutando el manejo de los tiempos del desarrollo urbanístico y de las adjudicaciones, lo que les permitió recibir ilícitas comisiones carentes de toda justificación y lógica comercial que fueron pagadas por empresarios particulares".

La Sala considera probado que los tres se sirvieron de un complejo entramado societario utilizando a sus esposas como titulares, así como de diversas cuentas bancarias abiertas en entidades situadas en territorios off shore para ocultar cuantiosas ganancias procedentes de su actividad delictiva, tanto por sus intermediaciones en diversas adjudicaciones como por eludir el pago de impuestos a la Hacienda Pública, "desvinculándolas de su origen y titularidad para aflorarlas con una apariencia lícita".

Cargos del PSC

En la sentencia, los magistrados de la Sección Segunda, con ponencia de la presidenta del Tribunal, Concepción Espejel, condenan a los 11 acusados por delitos de tráfico de influencias, prevaricación administrativa, cohecho, falsedad documental y blanqueo de capitales. 

Así, el citado exdiputado del PSC, Luis Andrés García Sáez, ha sido condenado a 7 años, 1 mes y 27 días de prisión, mientras que al exalcade de esta formación en Santa Coloma de Gramenet, Bartomeu Muñoz, se le ha impuesto la pena de 5 años, 8 meses y 28 días de cárcel. Por su parte, exconcejal Manuel Dobarco ha sido condenado a 8 años y 6 meses de inhabilitación.

La sentencia relata cómo entre los años 2002 y 2008 en el área metropolitana de la provincia de Barcelona, concretamente en las localidades de Santa Coloma de Gramanet, San Andrés de Llavaneras y Badalona, los condenados participaron en diversas operaciones urbanísticas que en lugar de favorecer el interés público buscaban la obtención de elevados rendimientos económicos para promotores e inversores particulares, propiciando importantes beneficios y comisiones, "no amaradas en otras actividades comerciales lícitas, ganancias que ingresaron en sus patrimonios bien directamente o bien siendo canalizados a través de intermediarios, testaferros o sociedades administradas o controladas de hecho por los mismos".