Pedro Sánchez y su esposa, Begoña Gómez, en la entrega de las condecoraciones al mérito civil en el Palacio Real.

Pedro Sánchez y su esposa, Begoña Gómez, en la entrega de las condecoraciones al mérito civil en el Palacio Real. Borja Sánchez-Trillo EFE

Política

Peinado cita este martes a Begoña Gómez a una audiencia preliminar antes del juicio aunque no tendrá que asistir

El magistrado ha desestimado la petición del abogado de Gómez para aplazar dicha cita.

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Agencias
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Las claves

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El juez Juan Carlos Peinado ha convocado para el 8 de septiembre de 2026 la audiencia preliminar del caso contra Begoña Gómez y su asesora Cristina Álvarez.

Begoña Gómez está acusada de presunto tráfico de influencias y malversación; su asesora Cristina Álvarez, solo de presunta malversación.

El juez dictará auto de apertura de juicio oral tras la audiencia, y ni Gómez ni Álvarez están obligadas a asistir en persona a este trámite.

La acusación popular pide 13 años de cárcel para Gómez y 6 para Álvarez, mientras que la Fiscalía y la defensa solicitan su absolución.

El juez Juan Carlos Peinado ha convocado este martes la audiencia preliminar protocolaria de cara al futuro juicio con Jurado a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, y su asesora Cristina Álvarez.

"Se acuerda la celebración de la audiencia preliminar en el presente procedimiento para el próximo día 8 de septiembre de 2026 a las 18:00 horas en la Sala de Audiencias de este juzgado, debiendo citarse personalmente a las acusadas, y quedando el resto de partes personadas citadas a través de su representación procesal en autos", según el auto al que ha tenido acceso EFE.

Tras ella, el juez dictará auto de apertura de juicio oral, finalizando así la fase de instrucción y elevando el caso a la Audiencia Provincial para su enjuiciamiento.

El magistrado rechaza la petición del abogado de Begoña Gómez de que en esa audiencia declare como testigo José Manuel Ruano, profesor de la Universidad Complutense de Madrid que codirigió la cátedra en esa institución junto a Begoña Gómez.

Este trámite judicial es el previsto después de que el pasado viernes el letrado de Gómez presentara su escrito de conclusiones provisionales de cara a la vista oral, que es el que faltaba para que el juez pudiera convocar la audiencia preliminar que prevé la ley del jurado.

En este acto las partes pueden proponer que se practiquen diligencias, aunque "el juez denegará toda diligencia propuesta que no sea imprescindible para la adecuada decisión sobre la procedencia de la apertura del juicio oral", precisa la ley.

A continuación se oirá a las partes sobre la procedencia de la apertura del juicio oral y, en su caso, sobre la competencia del Tribunal del Jurado para el enjuiciamiento, detalla. Concluida esta audiencia preliminar -"en el mismo acto o dentro de los tres días siguientes"-, el magistrado dictará auto por el que decidirá la apertura o no del juicio oral.

Peinado tiene previsto dictar auto de apertura de juicio oral antes de jubilarse oficialmente el próximo 27 de septiembre, cuando cumple 72 años y no puede seguir ejerciendo por ley, según han asegurado a EFE fuentes jurídicas.

Estas fuentes detallan que una vez elevado el caso a la Audiencia, el plazo para que se celebre el juicio oscila genéricamente entre los cuatro y los ocho meses, dependiendo de factores como el volumen de trabajo que tenga esa Sección o los días que se prevea que puede durar la vista oral.

Fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Madrid han confirmado a EFE que el magistrado no ve necesario que acudan en persona a la audiencia protocolaria en la que cada parte expone si deben ir a juicio o no, y que es el último paso antes de que el juez dicte auto de apertura de juicio.

Las fuentes detallan que en el auto en el que se convoca la audiencia se explica que las acusadas deben ser citadas personalmente, lo que es diferente a estar obligadas a acudir en persona.

Begoña Gómez se sentará en el banquillo acusada de presunto tráfico de influencias y malversación, y su asesora Cristina Álvarez, de presunta malversación, según determinó en julio la Audiencia Provincial, que dio la razón al juez en que ambas deben someterse a un juicio con jurado, pero sobreseyó los delitos de corrupción en los negocios y apropiación indebida.

La Audiencia separó del procedimiento al empresario Juan Carlos Barrabés para que se siga la investigación en otra causa en lo relativo a la legalidad o ilegalidad de las adjudicaciones de contratos públicos.

De cara al juicio tanto Gómez como Álvarez piden su absolución, al igual que la Fiscalía, que nunca ha visto delito, mientras que la acusación popular, liderada por Hazte Oír, pide en total 13 años de cárcel para Gómez y 6 años para su asesora.