España MINISTERIO DE IGUALDAD

Las CCAA ven inaplicable la Ley de Montero que exige que haya abortos en todos los hospitales

La objeción de conciencia del profesional sanitario hace muy difícil asegurar que todos los centros ofrezcan el servicio.

18 mayo, 2022 03:23

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La nueva ley del aborto, aprobada este martes en el Consejo de Ministros, va a suponer un problema logístico para las comunidades autónomas. Estas ya reconocen que no va a ser posible aplicar algunos de sus puntos, sobre todo los que tienen que ver con la libertad individual del médico.

Según fuentes autonómicas consultadas por EL ESPAÑOL, las consejerías de Sanidad de las diferentes regiones se ven atadas de pies y manos a la hora de obligar a que todos sus hospitales tengan médicos que no sean objetores de conciencia.

La medida es una de las más anunciadas por la ministra de Igualdad, Irene Montero, y su objetivo es asegurar que la interrupción voluntaria del embarazo se puede llevar a cabo en todos los centros públicos. El debate es similar al que se llevó a cabo cuando se aprobó la ley que legaliza la eutanasia, pero con matices.

Montero ha propuesto en su ley que los médicos que quieran se puedan acoger a la objeción de conciencia, pero que los centros garanticen que siempre hay personal que pueda practicar la interrupción voluntaria del embarazo (IVE). "¿Cómo obligó a hospitales que tienen servicios enteros de médicos objetores a practicar abortos? Es imposible", apuntan fuentes autonómicas.

La solución que existe ahora es que el aborto se realice en una clínica externa (en su mayoría concertadas). La paciente se dirige hasta allí y se lo realizan con coste cero. Ahora, Montero quiere eliminar esta derivación, pero como reiteran desde las comunidades, "no puedes obligar a ningún médico a ejecutar un aborto".

Según los últimos datos publicados, en el país se externalizan unos 74.000 abortos a clínicas privadas. Si Montero pretende seguir adelante con su plan, todas estas intervenciones deberán de pasar a la pública y, para ello, reforzarse las plantillas. No sólo encontrar a personas que no sean objetoras de conciencia. 

A fin de cuentas, un aborto es una intervención que precisa de un servicio y un equipo alrededor del médico que lo realiza. En definitiva, para el plan de Igualdad la pública tendrá que incrementar su presupuesto en profesionales sanitarios activos, instrumentos quirúrgicos, horas de quirofáno y, en algunos casos, camas para ingresos.

Listado único

Fuentes del sector confirman el miedo de las autonomías a no encontrar médicos no objetores, aunque ponen de relieve una situación cada vez más latente en el sistema de salud público: "Existen muchos médicos que se declaran objetores en la pública pero que, cuando ejercen en la sanidad privada, sí hacen abortos".

Es por ello por lo que Montero ha intentado capar la doble moral del profesional sanitario, haciendo que el listado de médicos objetores sea único para el profesional que trabaja en la pública y el que lo hace en la privada. Así, si un médico no practica abortos en su centro de salud de referencia, no podrá hacerlo en su consulta privada o en una clínica externa en la que ejerza algunas horas al mes.

Es con esa herramienta con la que la ministra intentará evitar que haya centros públicos que no realicen abortos. Pero ¿y si el centro no tiene ningún profesional que practique abortos? Ni en la pública ni en la privada. 

Ahí entra en acción la segunda opción (la que el Ministerio no se ha atrevido a proponer): derivación de profesionales. La sombra de esta posibilidad planea sobre el sector sanitario, aunque reiteran que "supondría una vulneración de derechos e, incluso, discriminación positiva".

Por poner un ejemplo, en el Gregorio Marañón no hay ginecólogos que no sean objetores de conciencia, pero en el hospital de Leganés sí. Así, la comunidad decide reubicar a profesionales del centro de Leganés en el Marañón. Un hecho hipotético y, según sindicatos sanitarios, "completamente irreal".

El problema de no encontrar médicos no objetores puede, incluso, no sólo cerrarse a centros sanitarios, sino al conjunto de la CCAA. Según los datos oficiales del Ministerio de Sanidad, en España hay cinco comunidades autónomas, Comunidad de Madrid, Extremadura, Castilla-La Mancha, Murcia y Aragón, donde (en el transcurso de un año) sólo se notificaron interrupciones en centros privados. 

Desde el sector médico se defiende que, en ocasiones, "se eligen los centros privados por temas de confidencialidad, horario y servicio". Incluso los propios sindicatos insisten en que cuando se habla de "centro especialista privado" para realizar abortos no se refiere al "pago por paciente", tan asociado a la privatización de la sanidad pública.

Además, la normativa recoge la creación de centros públicos de atención especializada en salud sexual y reproductiva, así como una línea de atención telefónica. Desde allí también se estudia la posibilidad de que se hagan abortos, aunque no se ha confirmado nada al respecto.

Tres días

Los propios profesionales sanitarios ya se han rebelado contra la "persecución" que sufren por parte del Ministerio de Igualdad en estos aspectos. Tanto es así que, hace unos meses, el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) lanzó una campaña en sus redes sociales para denunciar la "persecución" del Ministerio de Igualdad hacia su labor profesional.

Y es que, en su proyecto de ley, el Ministerio ha introducido los conceptos de violencia obstétrica machista para evaluar las malas praxis sanitarias. Un mensaje que, según los médicos, les "señala" a ellos, sin avanzar hacia una mejora de los cuidados de la gestante.

En la legislación, el Gobierno habla de "violencias reproductivas contra las mujeres" y reconoce como tales la gestación por sustitución, la esterilización forzosa para las mujeres con discapacidad y el embarazo y aborto forzosos.

Los médicos también se han mostrado radicalmente en contra de eliminar los tres días de reflexión obligatorios, como ya publicó EL ESPAÑOL, medida que ha llegado hasta el Consejo de Ministros.

Rocío Fernández, secretaria técnica de Igualdad de CESM, aseguraba que estos tres días no son "disuasorios" como hacen ver desde el Ministerio, sino algo "garantista" para la salud de la mujer.

Según explicaba la facultativa, estos tres días se daban "no sólo por el tema moral de la decisión", sino también por los efectos secundarios que puede acarrear un aborto en la salud de la mujer.

"Se da un consentimiento informado, que es una obligación, y se permite a la mujer que lo reflexione en su casa. Al final, un aborto es una técnica invasiva que puede tener efectos secundarios".

Bajas por regla

Otro de los aspectos que las regiones se ven imposibles de moderar son las bajas por reglas dolorosas. Al contrario que en algunas enfermedades donde se establecen una serie de pautas para marcar el diagnóstico, aquí serán los propios médicos los que decidan si se trata de una regla dolorosa o no.

No hay que olvidar que en España se pueden obtener ya bajas por estos supuestos. Lo que pretende el Gobierno es unificar el cómo. Algo que será complicado si, como confirman las comunidades, no se crea un protocolo para detectar los casos de reglas dolorosas y su posterior baja laboral.

La legislación (a la que todavía le queda un largo trámite parlamentario) establece como único requisito que el dolor menstrual sea "incapacitante". Es decir, que existan dolores intensos, calambres, cólicos, náuseas, mareos y vómitos durante la menstruación, no una simple incomodidad.

¿Esto que quiere decir? Que el médico será el que debe decidir hasta que punto el dolor es incapacitante, igual que deberá gestionar si tratarlo como una baja o intentar poner en marcha mecanismos para detener el dolor. En la actualidad, a las mujeres con dismenorrea se les receta un cambio en la dieta (más saludable), incremento del ejercicio físico, descanso, antiinflamatorios o incluso tratamientos hormonales.

Aun así, fuentes autonómicas insisten en que todas estas disyuntivas podrán resolverse en los próximos meses. A la ley del Aborto de Montero todavía le queda mucho trámite legislativo. La norma deberá pasar por las alegaciones del resto de departamentos ministeriales (Sanidad, Justicia, Educación, Derechos Sociales...), de las comunidades autónomas (titulares de muchas de las competencias que se abordan), y de los órganos consultivos (como el CGPJ y el Consejo de Estado, al menos).