Un dueño de una mascota a punto de embarcar en un avión.

Un dueño de una mascota a punto de embarcar en un avión. istock

Sociedad

LA UE marca las normas: los perros y gatos de España deberán tener este documento a partir de abril

Bruselas ha actualizado el Reglamento UE 2016/429 que, en su día, fue aprobado por la Comisión Europea.

Más información: Es oficial: la Ley de Bienestar Animal multa con hasta 50.000€ por dejar perros en terrazas de forma habitual

Publicada

Las claves

A partir de abril, perros y gatos en España deberán tener un pasaporte comunitario para viajar dentro de la UE.

El pasaporte incluirá datos como número de chip identificativo, información del propietario, vacunaciones (especialmente la rabia) y la firma de un veterinario autorizado.

La mascota debe tener al menos 12 semanas y esperar 21 días tras la vacunación antes de viajar.

La normativa permite a los países realizar controles sanitarios adicionales según los riesgos detectados en los animales.

Hay una frase muy popular que dice que ‘los tiempos cambian que es una barbaridad’. La misma viene a decir que la sociedad y la tecnología, por ejemplo, avanzan rápidamente. Lo mismo lo hacen las leyes.

Si ponemos el foco en el mundo de las mascotas, las normas se van adaptando a los nuevos tiempos. Por ejemplo, en España se aprobó recientemente la Ley de Bienestar Animal. La UE no se ha quedado a la zaga, y ha actualizado el Reglamento UE 2016/429.

¿Con qué fin lo ha hecho? Básicamente, los cambios tienen tres puntos fuertes: mejorar el control sanitario, reforzar la trazabilidad y frenar el tráfico ilegal de animales.

¿Qué dice la UE?

La actualización de este reglamento pone el foco en los viajes que se realizan con mascotas (perros, gatos y otros animales) en el territorio comunitario. Movimiento en el que deberán contar con un pasaporte comunitario.

De hacerlo, deberán portar dicho pasaporte si se realiza un desplazamiento, ya sean vacaciones, o para visitar a familiares, por ejemplo.

El pasaporte debe incluir una serie de datos obligatorios: número de chip identificativo, datos del propietario, vacunaciones (con énfasis en la de la rabia), tratamientos veterinarios y la firma de un veterinario autorizado.

Otros datos a tener en cuenta son que la mascota debe tener al menos 12 semanas de edad y que se deberá esperar 21 días tras la vacunación antes de viajar.

Más allá de todos estos trámites, la normativa actualizada deja claro que los países de destino podrán realizar controles sanitarios adicionales atendiendo al posible riesgo detectado en el animal.

La norma entrará en vigor el próximo mes de abril (con toda probabilidad, el día 22), tal y como se acordó el pasado 20 de enero por la propia Unión Europea.