El asesor fiscal José Ramón López.

El asesor fiscal José Ramón López.

Sociedad

José Ramón López, asesor fiscal, advierte a los inquilinos: “Es posible que Hacienda te deba mucho dinero”

El experto explica a los contribuyentes las diferentes deducciones que hay en lo relativo al alquiler, tanto a nivel estatal como autonómico.

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Las claves

El asesor fiscal José Ramón López advierte que muchos inquilinos pueden reclamar deducciones no aplicadas en la declaración de la Renta desde 2021.

La Agencia Tributaria puede omitir deducciones por alquiler en el borrador, lo que puede suponer devoluciones de al menos 300 euros por año.

Las deducciones autonómicas por alquiler no exigen que el contrato sea anterior a 2015, a diferencia de la estatal.

Se pueden reclamar rectificaciones de las declaraciones de la Renta de 2021 a 2024, pero el plazo para 2021 está a punto de prescribir.

Hubo un lema hace muchos años que decía que ‘Hacienda somos todos’. Una campaña, elaborado por el Gobierno de entonces, para que los ciudadanos se acostumbraran a hacer la declaración de la Renta.

Dicha declaración sirve para que los contribuyentes regularicen su situación con el fisco, bien pagando, o bien recibiendo el dinero que han aportado de más. Pero la Agencia Tributaria puede ‘equivocarse’. Por ejemplo, en el borrador de la declaración de la Renta, no incluyendo algunas deducciones.

“Como hayas vivido en algún momento de alquiler desde 2021, es posible que Hacienda te deba mucho dinero”, afirma el asesor fiscal José Ramón López en TikTok.

Deducciones

En su cuenta @tu_blog_fiscal, el experto subraya que aquellas personas que hayan estado viviendo de alquiler desde 2021, en adelante, deben estar atentas. ¿La razón? Porque es posible que Hacienda no haya realizado una deducción.

Y no hay que perder tiempo porque, conforme va pasando el tiempo, la reclamación de la cantidad va prescribiendo. ¿De cuánto dinero hablamos? De 300 euros para arriba.

Para dejarlo más claro, el asesor fiscal echa mano de un ejemplo que le sucedió personalmente a él con uno de sus clientes. “Trescientos euros por tres años, 900 euros en total, que conseguimos que la Agencia Tributaria le pague a un cliente por estar de alquiler”, indica.

En concreto, fueron 300 euros del año 2020, otros 300 euros de 2021, y otros 300 euros, de 2022. Cantidades pertenecientes a la deducción por alquiler que no se aplicó en su declaración del IRPF de años anteriores.

“Cuidado que hay mucha gente que no se aplica esta deducción del alquiler, que en Cataluña son 300 euros, pero que en Madrid llega a ser más de 1.000 euros”, advierte el experto en la red social.

¿Por qué este error? “Porque creen que el contrato del alquiler debe ser anterior al 2015, lo cual no es para nada así”.

Llegados a este punto, José Ramón López explica los tipos de deducciones que hay en la declaración de la Renta respecto al alquiler: la estatal y la autonómica.

En la estatal, “el contrato sí debe ser anterior a 2015”, especifica. Mientras que en la autonómica, “cada comunidad autónoma pone sus propias reglas pero, en ninguna, el contrato debe ser anterior a 2015”.

Eso sí, y tal y como matiza, “hay requisitos de edad, de límites de ingresos, pero nunca de que el contrato sea anterior a equis fecha”. Los interesados, por último, deben saber que todavía se pueden reclamar las rectificaciones de 2021 a 2024.

Y concluye indicando que hay que darse prisa “porque el 2021 prescribe pronto. Por tanto, si no se puede reclamar, lo pierdes”.