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Imagen de Yolanda Díaz. Europa Press

Sociedad

Confirmado por el Estatuto de los Trabajadores: el empleado tiene derecho a 20 horas de formación retribuida al año

El artículo 23 de esta norma fundamental ofrece una serie de derechos a los trabajadores en relación a la promoción y formación profesional laboral.

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Las claves

El Estatuto de los Trabajadores garantiza a los empleados en España 20 horas anuales de formación retribuida, acumulables hasta cinco años.

Este derecho permite a los trabajadores asistir a cursos y exámenes para mejorar sus competencias profesionales, sin pérdida de sueldo.

La formación debe estar relacionada con la actividad de la empresa y puede acordarse dentro de planes de formación internos o mediante negociación colectiva.

Si no existe regulación específica en el convenio, trabajador y empresa deben pactar la forma de disfrute del permiso, asegurando flexibilidad y protección laboral.

Para proteger a los trabajadores y sus respectivos derechos, la legislación se sostiene en el Estatuto de los Trabajadores sobre el que deben acogerse las empresas en España.

Esta norma regula todo lo que ocurre entre trabajador y empresa, incluidos los períodos de vacaciones, jornadas de trabajo y formaciones profesionales.

Así, en relación a este último ámbito, el artículo 23 del Estatuto se encarga de gestionarlo y garantizar cosas como un período de 20 horas de formación retribuida al año.

Formación en el trabajo

El Estatuto de los Trabajadores es la norma básica que regula las relaciones laborales en España.

Su objetivo es garantizar los derechos fundamentales de quienes trabajan por cuenta ajena, estableciendo condiciones mínimas sobre jornada, descanso, salarios, vacaciones y seguridad laboral.

Además, el Estatuto protege aspectos como la igualdad, la no discriminación y la estabilidad en el empleo.

Aunque es una herramienta clave para la defensa de los derechos laborales, no todos los trabajadores conocen en detalle lo que les corresponde, lo que a veces genera situaciones de incumplimiento involuntario o de renuncia a beneficios legales.

Entre los derechos menos conocidos por los trabajadores se encuentran los relacionados con la formación y promoción profesional, la adaptación del puesto de trabajo y los permisos para conciliar estudios o mejorar competencias.

Por ejemplo, muchos trabajadores desconocen que tienen derecho a solicitar ajustes en su jornada para asistir a cursos, participar en exámenes o recibir formación vinculada a cambios en su puesto.

Esta falta de información limita la capacidad de los empleados para aprovechar plenamente las oportunidades que ofrece la ley y para avanzar en su carrera profesional dentro de la empresa.

De ese modo, el artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores es el que se centra específicamente en la promoción y formación dentro del ámbito laboral.

Este artículo establece que los trabajadores tienen derecho a permisos para acudir a exámenes y cursos que conduzcan a títulos académicos o profesionales, así como a adaptar su jornada para participar en formación profesional.

Asimismo, garantiza que cualquier formación necesaria para ajustarse a cambios en el puesto de trabajo corre a cargo de la empresa y se considera tiempo de trabajo efectivo.

La norma también contempla la posibilidad de acceder al trabajo a distancia cuando las funciones lo permitan, facilitando la conciliación entre empleo y estudios.

Por otro lado, el artículo regula la formación profesional vinculada a la empresa: aquellos trabajadores con al menos un año de antigüedad tienen derecho a 20 horas anuales de formación retribuida, acumulables hasta cinco años, destinadas a mejorar competencias relacionadas con la actividad de la compañía.

Este derecho se puede ejercer dentro de planes de formación impulsados por la empresa o acordados en la negociación colectiva, y su implementación debe realizarse sin discriminación,

En caso de que no exista regulación específica en el convenio, la forma de disfrute del permiso se acuerda entre trabajador y empleador, asegurando flexibilidad y protección del puesto de trabajo.

Por tanto, si por ejemplo una trabajadora en una empresa de logística con dos años de antigüedad quiere mejorar sus competencias en gestión de almacenes y nuevos software, puede formarse en 20 horas de formación profesional y cobrar de igual manera su sueldo.

Y si se da el caso de que en cinco años no usa esas 20 horas, puede acumularlas hasta tener 100 horas para mejorar su formación.