El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, ofrece una rueda de prensa.

El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, ofrece una rueda de prensa. Europa Press.

Sociedad

El Gobierno limita los precios de ciertos productos comprados en situaciones de emergencia para evitar subidas abusivas

El Ejecutivo implantará la medida después de la denuncia de los consumidores por la subida de precios de los vuelos tras el accidente de tren en Adamuz.

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Las claves

El Gobierno ha aprobado un Real Decreto-ley para limitar los precios de ciertos productos y servicios en situaciones de emergencia.

La medida busca evitar subidas abusivas de precios, como la registrada en vuelos tras el accidente ferroviario en Adamuz.

El tope de precios será el máximo de los últimos 30 días o un 50% sobre el promedio de ese periodo, salvo que haya un aumento justificado de costes.

Los consumidores tendrán derecho a la devolución del importe cobrado de más si las empresas superan el precio máximo permitido en estas situaciones.

El Consejo de Ministros aprobó este martes un Real Decreto-ley que permitirá al Ejecutivo poner un límite a los precios de ciertos servicios o productos en situaciones de emergencia que ocasionen una alteración en la oferta y la demanda.

Esta propuesta viene después de que miles de usuarios expresaran sus quejas respecto a la descomunal subida de precios de los vuelos con motivo del accidente ferroviario en Adamuz.

De esta manera, el Ejecutivo pretende proteger a los consumidores de precios abusivos en situaciones de fuerza mayor donde se altere la oferta y la demanda y donde los usuarios no tengan alternativas.

¿Cómo se calcula el tope?

El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, habló sobre cómo funcionará esta medida tras la reunión con el Consejo de Ministros.

En situaciones de emergencia se prohíben incrementos de precios que superen el máximo que el producto o servicio haya tenido en los últimos 30 días.

Además, tampoco se podrá subir el precio más de un 50% respecto al promedio de esos mismos 30 días.

En otras palabras, el límite de subida de precio se encuentra entre el máximo reciente y el promedio de ese periodo, con un margen máximo del 50% sobre ese promedio.

Asimismo, la limitación de precios también podrá ser aplicada en zonas afectadas por una emergencia de protección civil u otras situaciones, como un accidente.

"Hay operadores sin escrúpulos; no vamos a permitir abusos", sentenció Bustinduy después de la reunión del Consejo de Ministros.

No obstante, existen ciertas excepciones. Si la subida de precio está objetivamente justificada por un aumento de costes, por ejemplo, un encarecimiento del combustible o del personal.

Por otro lado, se permite una subida si son necesarios para introducir una nueva oferta que ayude a aliviar la escasez, siempre que esto no suponga aumentar el beneficio del operador.

Además, si una empresa cobra por encima del precio máximo aplicable en una situación de emergencia, el consumidor tiene derecho a una devolución del importe cobrado de más.

Dicha devolución supone una de las sanciones a las que se enfrentarán las empresas que decidan aprovechar estas circunstancias para poner precios elevados e incumplan esta normativa.

Con esto, el Gobierno intenta equilibrar la protección al consumidor y mantener la oferta, utilizando estos topes de precios temporales condicionados a situaciones concretas.

De esta manera, Bustinduy expresó que situaciones como la de los vuelos tras el accidente de Córdoba o, incluso, con la DANA en Valencia, son "lo que ocurre cuando no hay regulación".