María Cristina Clemente Buendía, notaria.

María Cristina Clemente Buendía, notaria.

Sociedad

María Cristina Clemente, notaria: "Si aceptas una herencia, lo aceptas con todo, pero si renuncias…"

La experta abordó la compleja situación cuando una persona tiene que elegir aceptar o no una herencia.

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Las herencias forman parte de la vida familiar de todos. Antes o después, todos nos veremos implicados en un proceso sucesorio, ya sea como herederos o simplemente como testigos.

Sin embargo, en España sigue siendo un tema que muchos evitan abordar por miedo o desconocimiento.

Pero no hablar de ello no evita los problemas. La herencia implica tomar decisiones: desde la redacción de un testamento hasta la aceptación o renuncia de los bienes y deudas.

Y aquí la figura del notario cobra una importancia crucial. María Cristina Clemente Buendía es notaria en Alicante en la Notaría Buendía.

A través de sus redes sociales, la experta comparte todos los factores a tener en cuenta sobre todo aquello que engloban las herencias.

"Una persona no debería irse sin haber hecho un testamento", explica la experta. Y es que, tal y como señala, la aceptación o renuncia es uno de los momentos clave y del que se pueden sacar conclusiones precipitadas.

"El que acepta, acepta todo, y el que renuncia, renuncia a todo", explica. No es posible, recuerda, "quedarse con lo bueno y renunciar a lo malo".

En otras palabras, la experta señala que una herencia no se fragmenta, sino que incluye tanto los bienes como las deudas.

Esa decisión no siempre es sencilla. Muchas veces los herederos no saben si compensa aceptar. Ante la duda, Buendía aconseja no precipitarse.

"Hay otras posibilidades como la reserva del derecho a deliberar. Es decir, 'yo todavía no digo si acepto o si renuncio'", sentencia.

Se trata de una herramienta que da tiempo para evaluar los bienes y pasivos antes de comprometerse definitivamente.

¿Aceptar o no una herencia?

Cuando una persona acepta una herencia, asume no solo los bienes y derechos del fallecido, sino también sus deudas.

Eso sí, la responsabilidad queda limitada al valor de lo heredado: nunca tendrá que responder con su patrimonio personal por encima de lo recibido.

En cambio, si decide renunciar, el heredero queda completamente fuera de la sucesión. No adquiere bienes, ni derechos, ni deudas. Se trata de una decisión definitiva. Es decir, una vez hecha, no puede revocarse.

En tal supuesto, la parte de la herencia que le hubiera correspondido se reparte entre los demás coherederos.

Y si no los hubiera, se deberá llamar a los parientes del siguiente grado, siguiendo el orden que marca la ley.

Sea cual sea la decisión por parte del heredero, Buendía lanza un mensaje muy claro: "No hay que tener miedo para hacer testamento, es simplemente asumir que algún día no estaremos aquí".