Koldo García, exasesor del exministro José Luis Ábalos, el pasado 30 de abril durante su declaración en el Tribunal Supremo.

Koldo García, exasesor del exministro José Luis Ábalos, el pasado 30 de abril durante su declaración en el Tribunal Supremo. EFE

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El Tribunal Supremo despacha con cinco líneas la petición de libertad de Koldo García, que seguirá en la cárcel

La Sala Penal, que ya delibera sobre la sentencia, no ve "ninguna modificación" de los motivos por los que el instructor acordó la prisión preventiva, en particular el riesgo de fuga.

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El Tribunal Supremo ha rechazado la petición de libertad de Koldo García, quien seguirá en prisión preventiva en Soto del Real.

La defensa de García argumentó que, tras el juicio, ya no existía riesgo de fuga, pero el tribunal no consideró que hayan cambiado las circunstancias.

El fiscal jefe anticorrupción defendió que el riesgo de fuga incluso aumenta ante la inminencia de la sentencia.

Víctor de Aldama, implicado en la misma causa, no ha estado en prisión preventiva tras colaborar con la investigación.

Koldo García, asistente del exministro José Luis Ábalos, seguirá en la prisión de Soto del Real, en la que ingresó el pasado 27 de noviembre.

La Sala Penal del Tribunal Supremo, que ya ha comenzado a deliberar sobre la sentencia relativa a la presunta trama de corrupción que implica a ambos y al empresario Víctor de Aldama, ha denegado este lunes la petición de libertad formulada por la abogada de García, Leticia de la Hoz, al final de su última intervención en el último día del juicio, el pasado día 6.

Fue una petición con tan improbable viabilidad que ni siquiera se sumó a ella la defensa de Ábalos.

De la Hoz utilizó, además, un argumento sorprendente: "Una vez celebrado el juicio", dijo, "ya no hay riesgo de fuga".

El peligro de que el acusado se sustraiga de la acción de la Justicia fue el principal de los argumentos del magistrado instructor, Leopoldo Puente, para acordar la medida cautelar.

La defensa esgrimió también el "agravio comparativo" con Aldama, que no ha estado en prisión preventiva en este procedimiento tras su decisión de arrepentirse y colaborar con la investigación, y "por las expectativas de buen derecho que tenemos tras esta exposición", en referencia a su propio informe final.

El fiscal jefe anticorrupción, Alejandro Luzón, opinó justo lo contrario. "No es el final del juicio el momento de que cambien las circunstancias. El riesgo de fuga se ve acrecentado con el final del juicio ante la inminencia de la sentencia", sostuvo.

El tribunal ha dado respuesta en una resolución en la que, escuetamente, señala que "no se advierte por esta Sala ninguna modificación en las circunstancias valoradas en su momento para acordar la medida cautelar que permitan amparar la pretensión deducida, particularmente, por la desaparición del riesgo de fuga".

"Ha de valorarse a estos efectos que, concluido el juicio oral, estamos en los inicios de una deliberación, compleja, que exige un examen detallado de la causa", añade.