El juez Juan Carlos Peinado.
Peinado, obligado por la Audiencia, acumula en un solo procedimiento ante jurado la causa contra Begoña Gómez
De esta forma, de ser juzgada, la esposa de Pedro Sánchez sólo se enfrentaría a un único jurado popular: nueve ciudadanos decidirían sobre su culpabilidad.
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El juez Juan Carlos Peinado ha acumulado en un único procedimiento ante el jurado popular toda la causa en la que está investigada por cinco delitos Begoña Gómez.
De esta forma, la esposa de Pedro Sánchez, de sentarse en el banquillo de los acusados, tan sólo se enfrentaría a un único jurado popular.
Así se lo ordenó al juez la instancia jerárquicamente superior a su Juzgado, la Audiencia Provincial de Madrid, un tribunal compuesto por varios magistrados.
Hasta entonces, Peinado mantenía abiertas dos piezas separadas en el llamado caso Begoña. En una de ellas, investigaba un único delito, el de malversación, debido a la contratación de Cristina Álvarez, la asesora en Moncloa de Begoña Gómez.
A lo largo de la instrucción de esta causa, ha quedado acreditado que Álvarez, mientras cobraba dinero público, hizo gestiones en favor de los negocios privados de la mujer de Sánchez. Mandó e-mails en su nombre a determinadas empresas o instituciones y hasta participó en las finanzas de la cátedra universitaria que co-dirigió Begoña Gómez hasta el año pasado.
Por otro lado, Peinado investigaba en otra pieza (la llamada pieza principal) cuatro supuestos delitos, a la vez: tráfico de influencias, corrupción en los negocios privados, apropiación indebida e intrusismo profesional.
El tráfico de influencias, al igual que la malversación, son competencia del tribunal del jurado. Es decir, los procedimientos que únicamente se siguen por cualquiera de estos dos delitos deben, por tanto, ser enjuiciados mediante esta modalidad: nueve personas inexpertas en Derecho y elegidas al azar deciden sobre la culpabilidad o inocencia del acusado.
Por ello, Peinado avanzó que, de llegar a juicio, la malversación sería juzgada de esta forma. Al poco, hizo lo mismo con los cuatro delitos de la otra pieza, la principal. Justificó que, al tratarse de ilícitos conexos, el tráfico de influencias arrastraba a los otros tres delitos a ser examinados por un jurado.
No obstante, el pasado 3 de octubre, la Audiencia Provincial corrigió esta decisión. ¿Por qué? El tribunal anuló la apertura de la pieza separada en la que se investiga, de forma autónoma, la supuesta malversación.
La Audiencia señaló que este delito y el de tráfico de influencias "están íntimamente entrelazados". Álvarez "era supuestamente utilizada como un elemento más de la influenciabilidad subjetiva en el delito de tráfico de influencias", indicaron los magistrados.
"La prueba de ambos supuestos delitos está intrínsecamente unida, casi en relación de medio a fin", concluyó el tribunal.
"Ello, en principio, imposibilita la formación de piezas separadas, sin que el juez instructor haya aportado razonamiento divergente que pueda alterar esta decisión", reprochó la Audiencia de Madrid.
Por tanto, ahora, Peinado, obligado por la instancia jerárquicamente superior, acumula ambos procedimientos en uno solo. Y, con ello, de acabar sentada en un banquillo de los acusados, Begoña Gómez sólo se enfrentaría a un único jurado y no a dos.