La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez

La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez A. Pérez Meca / Europa Press

Sociedad

El Gobierno lo hace oficial: abonará a los propietarios que cumplan los requisitos la renta de los inquilinos morosos

Los caseros que sufran de impagos de inquilinos con menos de 35 o más de 65 años y si el alquiler se considera asequible tendrán una cobertura estatal.

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Las claves

El Gobierno abonará a los propietarios las rentas de inquilinos morosos que cumplan ciertos requisitos.

La medida cubre impagos desde el 30 de enero de 2025 y posibles desperfectos en la vivienda.

Solo aplica si el inquilino es menor de 35 años, mayor de 65, tiene discapacidad reconocida o es familia monoparental.

La vivienda debe estar en un municipio declarado como zona tensionada, principalmente en Cataluña, Galicia, Navarra y País Vasco.

Existen propietarios en España que denuncian que la seguridad jurídica para alquilar en España es insuficiente. El motivo, los casos de okupación y de inquiokupación -inquilinos que dejan de pagar el alquiler y se quedan en el piso- provoca que muchos caseros renuncien a poner en el mercado sus inmuebles.

De hecho, según Fotocasa, el 48% de los propietarios que alquilan revelan que su principal preocupación en materia de vivienda son los posibles impagos, destrozos o incluso la okupación.

En este contexto, el Gobierno ha anunciado recientemente un seguro frente a impagos para los propietarios cuyos inquilinos tengan menos de 35 años o sean vulnerables. Esta cobertura consiste en que el Ejecutivo abonará las mensualidades del alquiler que el inquilino no haya pagado y cubrirá los posibles desperfectos producidos en el inmueble.

Requisitos

Esta medida fue aprobada en diciembre en forma de real decreto por el Consejo de Ministros y forma parte del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, que tiene como objetivo impulsar el acceso a la vivienda en España, el principal problema de los españoles según el Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS).

Eso sí, los propietarios deben cumplir una serie de requisitos para acceder a la cobertura. En primer lugar, sólo se cubrirán los impagos que se hayan producido desde el 30 de enero de 2025, por lo que si dejó de pagar antes de esa fecha, el casero no recibirá la ayuda.

En segundo lugar, el inquilino debe tener menos de 35 años, más de 65 años o contar con una discapacidad reconocida igual o superior al 40%. También ampara si es una familia monoparental con al menos un hijo a cargo.

Asimismo, el alquiler debe considerarse asequible y la vivienda debe encontrarse en un municipio declarado como zona tensionada. Condición muy exigente ya que sólo hay cuatro comunidades autónomas que la han declarado, con 300 municipios afectados. Estas son Cataluña, Galicia, Navarra y País Vasco.

La cobertura se extenderá hasta que el propietario recupere la vivienda, por lo que no existe ningún límite temporal para percibir el seguro estatal. Para solicitar la ayuda, una vez que han denunciado la situación ante los organismos correspondientes, dispondrán de un máximo de seis meses para reclamar la cobertura.

Este decreto se ha aprobado antes de que el Gobierno haya promulgado otra ley que exime a los pequeños propietarios de la prórroga de suspensión de los desahucios para las personas vulnerables.