El juez Juan Carlos Peinado.
Nuevo varapalo de la Audiencia al juez Peinado: tumba la investigación separada de la malversación en el 'caso Begoña'
Los magistrados ordenan también al instructor pronunciarse "sin dilación" sobre diligencias pedidas por el defensor de la esposa del presidente del Gobierno.
Más información: La UCM ejercerá "acciones civiles" contra Begoña Gómez por el "perjuicio" que sufrió con la "apropiación" del 'software'
La Audiencia Provincial de Madrid ha acordado estimar parcialmente los recursos interpuestos por Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, y por su asistente, Cristina Álvarez, y ha revocado dos decisiones del juez que las investiga por supuestos delitos de corrupción, Juan Carlos Peinado.
De un lado, los magistrados dejan sin efecto la decisión del instructor de investigar de forma separada el presunto delito de malversación que se habría producido por la ayuda de la asistente a actividades profesionales particulares de Begoña Gómez.
"La decisión adoptada por el juez instructor es prematura e inmotivada desde el punto de vista fáctico, normativo y procedimental", dice la Audiencia.
"La resolución impugnada no contiene una descripción mínima o sucinta de los hechos que deben conformar la pieza separada y los investigados concernidos", añade, dando la razón al letrado defensor José María de Pablo.
La Audiencia Provincial respalda que Peinado interrogase al exsecretario general de la Presidencia del Gobierno y hoy ministro Félix Bolaños, del que dice que fue "inmediato superior de la designada asistente" (lo que consta en el procedimiento es que Álvarez está adscrita al gabinete de la Presidencia del Gobierno).
Pero reprocha al instructor que no haya realizado "un mínimo análisis de la consistencia indiciaria y viabilidad jurídica de la imputación delictiva" ni haya explicitado las razones por las que considera que es factible el enjuiciamiento de la presunta malversación de forma separada respecto a las demás imputaciones (tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida e intrusismo.
Transcurrido más de año y medio de instrucción y acumulada una "cantidad ingente" de información, dice el órgano de apelación, "no es de recibo adoptar una decisión de modificación del procedimiento a seguir sin verificar una correcta, aun cuando sea sucinta, delimitación fáctica y descripción de la base indiciaria incriminatoria que la sustenta, que permita conocer qué hechos se van a desgajar, respecto de qué investigados y para qué".
Solo así se puede conocer si se trata de delitos conexos, si existe consistencia mínima para avanzar el procedimiento, si son escindibles y si ello va a facilitar la correcta tramitación de la causa.
Un solo procedimiento para los 5 presuntos delitos
La Audiencia vuelve a validar que se investigue la actuación de la asistente de Gómez, aunque admite que la subsunción delictiva de su conducta y su participación "plantea serios problemas".
Pero sostiene que el comportamiento de Gómez y el de Álvarez "están íntimamente entrelazados, en tanto que la intervención habitual de quien era directora de programas de Presidencia de Gobierno era supuestamente utilizada como un elemento más de influenciabilidad subjetiva en el delito de tráfico de influencias".
De esta forma, "la prueba de ambos supuestos delitos está intrínsecamente unida, casi en relación de medio a fin, y ello, en principio, imposibilita la formación de piezas separadas sin que el juez instructor haya aportado razonamiento divergente que pueda alterar esa decisión".
La decisión de dejar sin efecto la investigación del presunto delito de malversación en una pieza separada hace que decaiga también la posterior resolución de Peinado de abrir el procedimiento ante el Jurado.
La situación del procedimiento tras la decisión de la Audiencia de Madrid es que los cinco supuestos delitos (tráfico de influencias, malversación, corrupción en los negocios, apropiación indebida e intrusismo) se investigarán en un único procedimiento que, según Peinado, tiene que ser enjuiciado, en su caso, ante el jurado popular. Esto también ha sido recurrido y está en el aire hasta que la Audiencia Provincial lo determine.
Diligencias pedidas por la defensa
De otro lado, la Sala ordena a Peinado que resuelva "sin dilación" sobre las diligencias pedidas por Antonio Camacho, defensor de Gómez, para que declaren como testigos funcionarios de la Universidad Complutense de Madrid, entre ellos su interventora.
"El aplazamiento sine die del pronunciamiento sobre su práctica, dado el tiempo transcurrido, resulta improcedente, máxime cuando la representación procesal de Begoña Gómez las considera esenciales para su defensa", explican los magistrados.
La defensa sostiene que estas diligencias serán útiles para excluir los presuntos delitos de intrusismo y apropiación indebida que se atribuyen a la esposa del presidente del Gobierno.
La Audiencia, en cambio, ha desestimado el recurso del fiscal contra la prórroga de la instrucción.
"Debe estimarse adecuada la decisión adoptada por el instructor, por entender que la misma se encuentra motivada y tiene amparo legal", señala la Audiencia.
Manifiesta que quedan diligencias por practicar y, a la vista de su resultado, "pudieran decretarse nuevas diligencias para el esclarecimiento de los hechos".