Reunión del Pleno del CGPJ este martes, con algunos vocales presenciales y otros 'online'./

Reunión del Pleno del CGPJ este martes, con algunos vocales presenciales y otros 'online'./ CGPJ

Tribunales

El sector conservador del CGPJ se queda a un solo voto de renovar el Tribunal Constitucional

Fracasa la primera votación para elegir a los nuevos miembros del TC tras insistir en Bandrés los vocales propuestos por PSOE e IU.

20 diciembre, 2022 19:54

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial no ha logrado, por poco, renovar el Tribunal Constitucional esta tarde.

El sector mayoritario del órgano de gobierno de los jueces se ha quedado a un voto de conseguir la elección de César Tolosa y Pablo Lucas, los dos candidatos que propuso el pasado día 14.

Ambos han obtenido 10 votos, todos ellos de los vocales propuestos por el PP, que han sido los únicos que han puesto sobre la mesa dos nombres por primera vez desde que se inició el proceso de renovación de la Corte de garantías, el pasado julio.

[El sector conservador del CGPJ presenta a César Tolosa y Pablo Lucas para el Constitucional]

El candidato de la minoría, el magistrado del Tribunal Supremo José Manuel Bandrés, se ha quedado en siete votos, procedentes de los vocales propuestos por PSOE e IU, que han votado en bloque este único nombre.

El Pleno celebrado esta tarde, de carácter extraordinario, fue solicitado por el sector mayoritario del Consejo, que presentó como candidatos al TC al presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, César Tolosa, y al magistrado de esa Sala Pablo Lucas.

La presencia de Lucas en la candidatura ha motivado la abstención de su hermano, el vocal Enrique Lucas, que se ha retirado del Pleno.

Abstención de Careaga

Antes de entrar en la votación, la consejera Carmen Llombart ha planteado la procedencia de que se abstuviera de votar Clara Martínez de Careaga, esposa del magistrado del TC Cándido Conde-Pumpido.

La petición de abstención ha motivado un receso en la reunión y, finalmente, no se ha votado al constatarse que sólo iba a ser apoyada por cinco de los 10 vocales del grupo mayoritario (Gerardo Martínez Tristán, José Antonio Ballestero, José María Macías y Ángeles Carmona, además de Llombart).

Los cinco han emitido un voto particular redactado por Macías en el que sostienen que el Pleno del CGPJ se ha constituido "indebidamente" al participar en él Martínez de Careaga.

"Es notorio que la vocal está casada con Cándido Conde Pumpido, que es un candidato posible para ser nombrado, entre otros, presidente del Tribunal Constitucional. Martínez de Careaga no puede participar en el nombramiento de la persona que puede decidir que su marido sea nombrado, o no, presidente del Tribunal Constitucional y quinta autoridad del Estado", afirman.

"Como gráficamente ha expresado un vocal, Martínez de Careaga no puede elegir a los electores de su marido", añaden.

A juicio de estos cinco vocales, Martínez de Careaga debe abstenerse de votar a los futuros miembros del TC que van a determinar la Presidencia del TC por concurrir de forma "evidente e indiscutible" las causas de abstención previstas en los apartados a) y b) del artículo 23.2 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público y párrafo 2 del artículo 580 de la Ley de Orgánica del Poder Judicial.

Este último precepto establece que para los vocales del Consejo General del Poder Judicial rigen las causas de abstención y recusación legalmente establecidas para las autoridades y personal al servicio de la Administración General del Estado. 

Y la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público prescribe que "se abstendrán de intervenir en el procedimiento" las autoridades y personal de las Administraciones públicas que "tengan interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquel". También deben abstenerse cuando "tengan un vínculo matrimonial (...) con cualquiera de los interesados".

Según el voto particular, "de haber cumplido la vocal Clara Martínez de Careaga el deber legal de abstención que le afectaba, los candidatos César Tolosa y Pablo Lucas habrían sido efectivamente designados magistrados del Tribunal Constitucional, condición que legítimamente les tendría que corresponder".

Ello hubiera sido así porque la mayoría de tres quintos necesaria para elegir en este momento a los miembros del TC sería de 10 votos en el caso de que el CGPJ estuviera integrado por 16 vocales, es decir, todos los consejeros actuales menos Lucas y Martínez de Careaga.

Después del debate sobre la abstención de Martínez de Careaga, que ella ha replicado afirmando que era una "coacción", se ha pasado a votar a los candidatos propuestos.

Ninguno de ellos ha obtenido la mayoría de tres quintos que exige la ley vigente, equivalente a 11 votos.

¿Quién bloquea la renovación?

El grupo mayoritario del CGPJ pronosticaba este resultado. Pero, aun así, ha querido que se efectuara la votación para que se visualicen tres hechos: que sólo los vocales del PP han intentado renovar el TC con dos candidatos "prestigiosos e impecables", afirman; que el candidato en el que insisten los vocales propuestos por el PSOE e IU tiene un apoyo significativamente inferior y que la renovación no se produce a falta de un solo voto, que la minoría no da. 

El interés del Gobierno y de Conde-Pumpido en que José Manuel Bandrés forme parte del Tribunal Constitucional es precisamente uno de los motivos de la reforma legal paralizada ayer por el TC.

La reforma contiene todas las previsiones necesarias para que Bandrés sea elegido por el CGPJ miembro del TC, lo que favorecerá que el futuro presidente sea Conde-Pumpido.

[Bruselas respalda al TC en su pulso con el Gobierno: "Las reformas judiciales deben consultarse"]

La modificación frenada por el TC  suprime el quorum para la conformación del Pleno del CGPJ que elija a los dos magistrados del TC, con el fin de que los vocales de la mayoría no puedan bloquear su celebración por la vía de no asistir a ella.

También elimina el requisito de que los miembros el TC sean nombrados por una mayoría de tres quintos, bastando la mayoría simple. La mayoría cualificada ha regido desde 1980 y es la que consagra la llamada regla del consenso, ya que los tres quintos sólo pueden ser obtenidos mediante un acuerdo que implique a un amplio número de vocales.

Con la mayoría simple, en cambio, el Gobierno se garantiza que el nombramiento salga adelante aunque con un escaso apoyo. Esto favorece a los vocales propuestos por el PSOE e IU.

Además, la reforma limita la facultad de los vocales para proponer y votar candidatos. Aunque el CGPJ, colegiadamente, debe nombrar a dos miembros del TC, el cambio legal impone que cada vocal sólo pueda proponer y votar a uno.

Esa limitación será clave para que salga Bandrés, ya que, al poder votar sólo un nombre, los vocales de la mayoría tendrán que concentrar los votos en su candidato para asegurar su elección. Y el siguiente más votado será el de la minoría.

El PSOE ya ha anunciado que esta misma semana presentará una nueva proposición con el mismo contenido que tenían las enmiendas paralizadas por el TC.