La dirigente de ETA Soledad Iparraguirre, alias 'Anboto', en la Audiencia Nacional.

La dirigente de ETA Soledad Iparraguirre, alias 'Anboto', en la Audiencia Nacional. Efe

Tribunales TERRORISMO

La AN condena a 425 años a Anboto, la exjefa de ETA que puso un coche bomba en el estadio del Alavés

La Sala de lo Penal absolvió a la etarra en marzo de 2021, pero el Tribunal Supremo ordenó repetir el juicio hace tres meses.

31 octubre, 2022 14:10

La Audiencia Nacional (AN) ha condenado a 425 años de cárcel a la exjefa de ETA Soledad Iparraguirre, alias Anboto. En una sentencia del pasado viernes, los magistrados consideran probado que fue la encargada de conducir el coche bomba que la banda utilizó en el atentado frustrado contra la Policía Nacional el 19 de mayo de 1985 en el Estadio de Mendizorroza (Vitoria), que utiliza el Deportivo Alavés.

Anboto ha sido condenada como autora de veinte delitos de asesinato en grado de tentativa, otro de tentativa de atentado contra agentes de la autoridad y un delito de estragos por la colocación del vehículo, que no llegó a explotar porque fue desactivado por los especialistas del TEDAX.

Esta nueva condena a la que fuera jefa de la banda terrorista llega después de que el Tribunal Supremo anulase la absolución dictada por la Audiencia Nacional en marzo de 2021 en favor de Anboto. El alto tribunal instó a repetir el juicio y a dictar otro fallo al considerar que la AN omitió una prueba de huellas "con una argumentación no racional".

['Anboto' se desmarca de un atentado de 1985 y dice que estaba en Francia huyendo de los GAL]

En el primer juicio, celebrado en 2020, el tribunal de la AN estuvo compuesto por José Antonio Mora, José Ricardo de Prada y Fernando Andreu. Este último fue el único de los tres que firmó un voto particular en contra de la absolución, al entender que había pruebas de sobra para certificar la participación de Anboto en los hechos juzgados. El resto opinaron que no había datos suficientes.

El Supremo revocó la sentencia absolutoria, como pidió la Fiscalía, porque a su juicio los magistrados cometieron un "grave error" al omitir de forma incorrecta unas huellas encontradas en uno de los vehículos del comando terrorista y que se correspondían con las de la acusada. Así, "la única prueba palmaria" en 1985 era de Eusebio Arzallus, pero en la inspección de 2019 volvieron a cotejarse y entendieron que al menos cuatro de ellas pertenecían a Anboto.

[El Supremo anula la absolución de la etarra 'Anboto' por no haberse valorado un test de huellas]

Sin lugar a dudas

Ahora, en el nuevo fallo, los jueces concluyen que Anboto conducía "el vehículo en cuyo maletero se había instalado un artefacto explosivo que fue dejado aparcado en la explanada del Polideportivo Mendizorroza en la ciudad de Vitoria, junto al lugar en el que solían estar estacionadas las furgonetas policiales, en los días de eventos deportivos, dejando orientada la carga hacia las taquillas", reza la sentencia.

En total, cuatro de las huellas encontradas eran las de Anboto: las de sus dedos índice, medio, anular, y auricular (meñique). Esta prueba, apunta la Sala, no deja "resquicios para la duda", en tanto que las mismas se encontraban en el volante del vehículo cargado de explosivos. Según su relato, en esa época no sólo no pertenecía a ETA, sino que estaba en Francia estudiando Magisterio.