
Dani Olmo, con el FC Barcelona Europa Press
LaLiga recurre la resolución del CSD sobre Dani Olmo y pide medidas cautelares para que no pueda jugar
La patronal ha emitido un comunicado anunciando su recurso, que afecta también a la situación de Pau Víctor.
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LaLiga anunció este lunes que ha interpuesto recurso contencioso-administrativo y solicitado medidas cautelares contra la resolución del Consejo Superior de Deportes a favor del Barcelona y sus jugadores Dani Olmo y Pau Víctor, que mantiene la inscripción de ambos.
Para LaLiga la resolución del CSD, del pasado día 3, "vulnera gravemente el marco normativo en materia de control económico y de tramitación de licencias deportivas, menoscaba el interés general de la competición y compromete su integridad, al quebrantar el principio de igualdad entre clubes".
La patronal presidida por Javier Tebas ya reaccionó a la resolución del CSD con otro comunicando sus intenciones que hoy se han hecho efectivas. En aquella nota, reiteró "su compromiso con la legalidad, la equidad competitiva y la aplicación objetiva de la normativa en materia de control económico e inscripción de jugadores".
LaLiga aseguró "La denegación del visado previo para la renovación de las licencias o para su nueva inscripción es un acto que resulta de la aplicación automática de las normas de inscripción de jugadores.
"Los acuerdos de la Comisión de Seguimiento del Convenio de la Federación Española de Fútbol (RFEF)-LaLiga, el pasado 4 de enero de 2025, se limitaron a constatar la imposibilidad legal de tramitar nuevas licencias, ratificando, así, la aplicación literal del reglamento federativo", explicó.
También precisó que con el acuerdo de esta comisión "no se sustituyeron las decisiones que habían sido previamente adoptadas por los órganos competentes de LaLiga y la RFEF" y que confirmó "el rechazo al visado previo que se efectuó a través del sistema LALIGA Manager, así como el criterio de la asesoría jurídica de la RFEF manifestado el 31 de diciembre de 2024 en relación con las nuevas altas de jugadores".
El procedimiento para la inscripción incluye cuatro pasos, desde la solicitud de alta en el sistema LaLiga Manager, momento en el que el club debe contar con saldo de inscripción suficiente según las Normas de Elaboración del Presupuesto (NEO), hasta la concesión del visado por LaLiga para que el futbolista pueda competir, tras la validación por parte del Área de Competiciones que el Barça no logró en este caso.
La resolución del CSD
La decisión del CSD anuló así el acuerdo del 4 de enero de la comisión de seguimiento del convenio de coordinación Federación Española de Fútbol (RFEF) y LaLiga, que no concedió el visado previo, ni la licencia definitiva, solicitada por el FC Barcelona para los jugadores, "entendiendo asimismo que éstos tienen licencia en vigor, de conformidad con los términos expresados en los fundamentos de derecho".
Para el CSD, la comisión de la RFEF y de LaLiga no es competente para decidir acerca del visado previo y de la licencia solicitada por el Barça, por lo que consideró su acuerdo nulo de pleno derecho, sin entrar a valorar el control económico ejercido por LaLiga.
🚨 NOTA INFORMATIVA
— LALIGA Corporativo (@LaLigaCorp) April 7, 2025
Respecto a la estimación del recurso de alzada en el caso Dani Olmo y Pau Víctor.
El CSD precisó que las funciones atribuidas a la Comisión de Seguimiento del Convenio de Coordinación RFEF-LaLiga son tres: interpretación de la aplicación de las cláusulas del Convenio; vigilancia del cumplimiento de lo pactado y promoción de actividades que tiendan a la mayor eficacia del Convenio.
En su opinión, dicha comisión no confirmó, ni ratificó un acuerdo previo, como defienden la RFEF y LaLiga, sino que acordó de forma expresa no conceder el visado previo ni la licencia definitiva solicitada para los jugadores, por lo que su decisión es nula de pleno derecho.
El CSD también afirmó en su resolución que la carrera deportiva de Dani Olmo y Pau Víctor ha estado protegida desde el pasado 8 de enero por la medida cautelar urgente que concedió el propio CSD, "con el único interés de evitar un daño irreparable hasta la resolución de este procedimiento".