Lonchas de jamón cocido

Lonchas de jamón cocido iStock

Actualidad gastronómica

Ya entró en vigor: el jamón cocido y otros fiambres cambian para siempre su calidad alimentaria en 2026

España endurece las normas para ofrecer más transparencia en el etiquetado de los productos de alimentación.

Más información: Entrará en vigor: bares y restaurantes cobrarán un extra por latas y botellas a partir de agosto de 2026

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Casi tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, el Real Decreto 142/2026 se consolida como un punto de inflexión en la regulación alimentaria española.

Desde su entrada en vigor el pasado 1 de marzo, la mencionada norma ha introducido cambios en más de una decena de reglamentaciones técnicas relacionadas con productos muy presentes en la dieta diaria de los españoles.

Su objetivo principal es reforzar la calidad, la transparencia y la adaptación de la normativa a la realidad actual del mercado en nuestro país.

Esta actualización era especialmente necesaria, ya que varias de las normas modificadas llevaban más de cuarenta años sin revisarse, pese a los profundos cambios experimentados por el sector.

Jamón cocido y fiambres

Desde la entrada en vigor del nuevo decreto, el consumidor lo va a tener más fácil para saber exactamente cuál es la calidad y el origen de lo que está comprando.

Para productos procesados como el jamón cocido y fiambres en general, el decreto incorpora por primera vez la regulación de las menciones "natural" y "elaboración artesana" en el etiquetado de derivados cárnicos.

Para poder usar la primera, el producto no podrá contener aditivos alimentarios, organismos modificados genéticamente, ingredientes irradiados ni almidón o fécula.

La segunda exigirá que el factor humano prime sobre el mecánico y que el proceso esté dirigido por un maestro artesano con experiencia demostrable.

El jamón curado y la paleta

Siguiendo con los derivados cárnicos, hay otro cambio que afecta al jamón y la paleta curados.

Hasta ahora, todas las piezas debían llevar un marcado individual que indicase, como mínimo, la semana y el año de entrada en salazón, y esa identificación tenía que acompañar al producto en cada etapa de su vida comercial.

El problema es que, cuando no compramos el jamón entero, sino que lo adquirimos loncheado o en otro tipo de porciones, ese marcado puede desaparecer físicamente.

La nueva redacción de la normativa resuelve ese problema: para los formatos transformados, bastará con que el lote indicado en la etiqueta permita rastrear por trazabilidad los lotes de salazón originales.

Otros cambios que afectan a derivados cárnicos

El Real Decreto 142/2026 reconoce el "jamón de pavo" como denominación legal tras más de veinticinco años en el mercado. Se trata de un nombre consolidado por el uso, pero que, hasta ahora, no estaba legalmente reconocido.

El caso contrario se da en la retirada de la denominación "mortadela bolonia" para evitar conflictos con la IGP europea y así garantizar que el consumidor no comprará la primera pensando que es la segunda.

Para casos como este, la nueva ley tiene un período de gracia para productos que ya estaban en el mercado antes de la entrada en vigor de la norma, que podrán seguir vendiéndose hasta agotar existencias, con un plazo máximo de doce meses.