Juzgado de lo Mercantil de Valladolid

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Valladolid

Un vallisoletano logra el perdón de 75.000 euros de deuda y no perder ninguna de sus siete propiedades

Tras unas malas inversiones en 2008, ahora la Ley de la Segunda Oportunidad también le permite solicitar la exclusión de todo fichero de morosidad

3 enero, 2024 10:32

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Un vallisoletano ha logrado el perdón de 75.000 euros de deuda sin perder ninguna de sus 7 propiedades. No tuvo suerte, y a raíz de unas malas inversiones fue acumulando préstamos que, con lo que ganaba ya que tenía empleo, no podía pagar. Fue en ese momento cuando solicitó la aplicación de la Ley de la Segunda Oportunidad a los Jueces de lo Mercantil de Valladolid. Una segunda oportunidad que curiosamente le ha permitido mantener hasta 7 bienes en propiedad: una vivienda, 2 fincas y 4 coches.

Este vecino de Valladolid se aventuró a emprender en diferentes negocios a lo largo de varios años para ganarse la vida. Lamentablemente, la crisis de 2008 lo truncó todo y la situación cambió radicalmente. Durante varios años arrastró este lastre económico y, pese a su intento de pagar, no llegaba a compensar la cuota mensual de sus préstamos. Intentó motu proprio negociar con los bancos, pero estos se negaban constantemente a llegar a un acuerdo.

Mientras los impagos continuaban y el total a deber ascendía hasta los 75.000 euros, tuvo que optar por otro medio para solucionar la situación. Fue entonces cuando en 2022 conoció la existencia de la Ley de la Segunda Oportunidad.  

Esto le llevó a buscar una solución, la cual encontraron en la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad formada por abogados y economistas especializados en el procedimiento. Fran Bautista, letrado que asesoró al deudor, fue quien estudió la viabilidad del caso. “Teniendo en cuenta la imposibilidad de pagar con los ingresos que percibía y no tenía antecedentes penales le aseguramos que cumplía los requisitos para pedir el perdón de las deudas”.

Los pasos

El primer paso fue declarar insolvente al deudor. Demostrar que no puede pagar y solicitar que se suspendan los pagos durante 3 meses. De esta forma, obtuvo protección para no ser embargado. Posteriormente, se solicitó al Decano de Valladolid la apertura de un concurso de acreedores. “En esta demanda se acredita toda la situación del interesado: ingresos, deudas, patrimonio, antecedentes, procedimientos…” detalla Francisco.

Dado que el interesado contaba con 7 propiedades sin cargas financieras, los letrados solicitaron el perdón de las deudas con Plan de Pagos para evitar la liquidación de ningún activo. Esto consiste en un pago mensual de 300 euros durante 5 años. Revisado por el Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Valladolid, fue aceptado y se notificó de la sentencia de EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho) dejando libre a este deudor de las deudas y sin perder ningún bien en propiedad. También le permite solicitar la exclusión de todo fichero de morosidad en una sentencia a la que ha tenido acceso este medio.

Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos, que han cambiado con la reforma concursal. Estos son: la insolvencia del interesado, no haber sido exonerado en los últimos 5 años ni tener antecedentes penales de orden socioeconómico (estafa, blanqueo de capitales, alzamiento de bienes…