Un chico con aspecto preocupado.

Un chico con aspecto preocupado. Shutterstock

Economía

Confirmado por la Agencia Tributaria: hasta 1.356 € en la declaración por hipotecas firmadas antes de 2013

La deducción por inversión en vivienda habitual permite mantener un beneficio fiscal que ya no está disponible para nuevas compras.

Más información: Ya es oficial: "Puedes ahorrar 200 euros en la Renta por reclamar tu despido o salarios atrasados"

Alicante
Publicada
Actualizada

Los contribuyentes que compraron su vivienda habitual antes de 2013 y siguen pagando hipoteca pueden beneficiarse de una deducción que permite recuperar hasta 1.356 euros en la declaración de la Renta, siempre que cumplan los requisitos establecidos.

La campaña de la Renta está a la vuelta de la esquina y, como cada año, muchos contribuyentes revisan el borrador con la esperanza de que salga a devolver. Lo que no todos saben es que existen deducciones que pueden marcar la diferencia.

Algunas pasan desapercibidas, pero su impacto es notable. Especialmente para quienes firmaron su hipoteca hace más de una década y pueden seguir aplicando un beneficio fiscal que ya no está disponible para nuevas compras.

La conocida deducción por inversión en vivienda habitual quedó suprimida el 1 de enero de 2013. Desde esa fecha, quienes compran casa ya no pueden aplicarla.

Sin embargo, la norma mantiene un régimen transitorio. Es decir, si adquiriste tu vivienda habitual antes de esa fecha y ya te aplicaste la deducción en ejercicios anteriores, puedes seguir beneficiándote en tu declaración actual.

También pueden seguir aplicándola quienes, antes de 2013, pagaron cantidades para construir su vivienda habitual o realizaron obras de rehabilitación o ampliación, siempre que estas finalizaran antes de 2017.

En el caso de obras de adaptación por discapacidad, el criterio es similar: deben haberse abonado antes de 2013 y terminado antes de 2017.

Eso sí, hay una condición clave. Para mantener el derecho, debes haberte aplicado la deducción por esa vivienda en 2012 o en años anteriores. Solo se contemplan excepciones muy concretas, como no haber estado obligado a declarar o no haber tenido cuota suficiente para aplicarla.

Cuánto te puedes deducir

El importe máximo sobre el que se aplica la deducción es de 9.040 euros anuales en caso de adquisición, construcción, rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual.

En términos prácticos, esto puede traducirse en una devolución de hasta unos 1.356 euros al año, dependiendo del tramo estatal y autonómico aplicable.

Si se trata de obras de adaptación por discapacidad, el límite asciende a 12.080 euros anuales, y es independiente del anterior.

Es importante tener en cuenta que si se supera ese límite en un ejercicio, el exceso no se puede trasladar a años posteriores. Y, además, quienes quieran aplicar esta deducción están obligados a presentar la declaración del IRPF.

Vivienda habitual

A efectos fiscales, no basta con ser propietario. Para que Hacienda considere un inmueble como vivienda habitual debe haber sido la residencia del contribuyente durante, al menos, tres años continuados.

Existen excepciones si el cambio de domicilio se debe a causas justificadas, como matrimonio, separación, traslado laboral o circunstancias relacionadas con discapacidad.

Además, la vivienda debe habitarse de forma efectiva y permanente en un plazo máximo de doce meses desde su compra o desde que finalicen las obras.

En definitiva, si compraste tu casa antes de 2013 y sigues pagando hipoteca, conviene revisar con detalle tu borrador. Puede que Hacienda te devuelva más de lo que imaginas.