Imagen de archivo de una obra en un baño.

Imagen de archivo de una obra en un baño. iStock

Vivir

¿Puede hacer obras en casa tu vecino durante el fin de semana? Esto es lo que dice la ley

La Ley 377/2003 del 17 de noviembre es la encargada de regular los horarios de las obras en domicilios particulares. Te contamos todos los detalles. 

27 marzo, 2024 10:41

Las obras en las viviendas siempre son complicadas. En muchas ocasiones, los ciudadanos retrasan el máximo posible el momento de ponerse a arreglar los desperfectos de su vivienda o reformar algunos de sus espacios. Sin embargo, en ocasiones, el hecho de hacer obras en casa no es solo un problema que afecte a los propios inquilinos por el esfuerzo que supone, sino que también afecta a los vecinos. Y es que el ruido que generan las reformas en los domicilios puede ser, en algunos casos, el origen de un conflicto con los vecinos. 

En el caso de decidir reformar algunos espacios de una vivienda, es importante saber que no solo es necesario reunir todos los recursos y esfuerzos necesarios, sino también tener en cuenta una serie de normativas que hay que seguir. Y es que, aunque muchos lo desconozcan, existe una ley que regula el horario en el que se pueden realizar obras en casa.

Se trata, nada más y nada menos, que de la Ley 377/2003 del 17 de noviembre. "Esta ley tiene por objeto prevenir, vigilar y reducir la contaminación acústica, para evitar y reducir los daños que de ésta pueden derivarse para la salud humana, los bienes o el medioambiente", se especifica en el BOE. 

Imagen de archivo de una reforma.

Imagen de archivo de una reforma. EFE

A la hora de arrancar unas obras en casa o de realizar pequeñas reformas, en ocasiones surgen algunas dudas como, por ejemplo, a qué horas se pueden realizar o incluso si se necesita algún tipo de permiso. Sin embargo, no solo es necesario conocer el horario en el que se pueden ejecutar estas obras, sino también saber que existen una serie de decibelios que no se pueden superar y que hay que tener en cuenta. 

En este caso, las ordenanzas de protección del Medio Ambiente Urbano de las ciudades y la Ley de Propiedad Horizontal son las encargadas de regular y establecer los horarios en los que se pueden realizar obras en casa. Uno de los puntos esenciales que hay que saber es que siempre que se haga una reforma se va a generar ruido y molestias a los vecinos. Por ello, el horario establecido es de lunes a viernes, entre las 08:00 y las 21:00 horas.

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Siempre y cuando se respete este horario, no habrá ningún problema para ejecutar unas obras en casa. Sin embargo, existen algunas particularidades. Por ejemplo, si se usa maquinaria, el horario se reduce una hora, por lo que solo se podría hacer ruido hasta las 20:00 horas. 

En muchas ocasiones, surge la duda sobre si se puede o no ejecutar una obra durante el fin de semana. A pesar de que son los días de descanso, la respuesta es que sí se puede hacer una reforma en casa un sábado o un domingo. Eso sí, en estos casos, el horario sufre modificaciones. 

Imagen de archivo de unos martillos.

Imagen de archivo de unos martillos. EFE

En caso de realizar una obra un sábado, un domingo o un festivo es necesario saber que habrá que esperar un poco más para comenzar. En estos casos, las obras podrán empezar a partir de las 09:30 horas, es decir, una hora más tarde que los días de entre semana. En cuanto a la hora para finalizarlas, es la misma: a las 21:00 horas. 

Modificaciones por autonomías

Pero, ¿en todas las comunidades autónomas el horario es el mismo? Lo cierto es que no. Además de haber una ley a nivel nacional, existen normativas autonómicas e incluso provinciales. Por ello, es importante conocer los horarios en función de las localizaciones. 

En el caso, por ejemplo, de la Comunidad de Madrid, el horario es entre las 07:00 y las 22:00 horas entre semana y entre 09:00 y las 22:00 horas durante los fines de semana y festivos. Este horario se aplica también en otras ciudades como Barcelona. En otras regiones como, por ejemplo, el País Vasco, no se puede hacer ningún tipo de ruido entre las 23:00 y las 07:00 horas. 

¿Y qué pasa si no cumples la normativa? Pues que habrá sanciones. Eso sí, también variarán en función de la comunidad autónoma. En el caso, por ejemplo, de la Comunidad de Madrid, las infracciones leves suponen una multa de 750 euros. Estas se interponen cuando no se superan los 4 decibelios. Si los decibelios van entre los 4 y los 7, se considera grave y la multa puede alcanzar los 1.500 euros. Las "muy graves" se ponen cuando se superan los 7 decibelios. En este caso, la multa puede ascender hasta los 3.000 euros.