Pedro Sánchez y Yolanda Díaz.

Pedro Sánchez y Yolanda Díaz. Europa Press

Economía

El Gobierno cambia las normas en 2026: acuerdo para subir el salario mínimo 518 euros al año hasta 17.094 euros

De hacerse efectiva la medida, el Salario Mínimo Interprofesional subiría a los 1.221 euros al mes y sin tributación en el IRPF

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Buenas noticias para millones de trabajadores en toda España: el salario mínimo interprofesional (SMI) podría subir en 2026 un 3,1% gracias a un acuerdo del Ministerio de Trabajo y Economía Social con los sindicatos UGT y Comisiones Obreras (CC.OO.). Una vez que entre en vigor el Real Decreto que lo recoja, la subida sería efectiva con carácter retroactivo desde el 1 de enero.

Todas aquellas personas en Galicia y resto de España que estuvieran cobrando el SMI podrían vivir una subida de 37 euros al mes, lo que equivale a 518 euros más al año, llegando a un total de 17.094 euros brutos anuales divididos en 14 pagas. Además, todo aquel que perciba el salario mínimo quedaría exento de tributar en el IRPF.

Subida del SMI en 2026

La UGT y Comisiones Obreras han alcanzado un acuerdo con el Ministerio de Trabajo y Economía Social para incrementar el Salario Mínimo Interprofesional en el año 2026. La subida pactada será del 3,1%, lo que situaría el salario mínimo en 1.221 euros mensuales. Actualmente está en 1.184 euros al mes. El acuerdo se ha cerrado sin el respaldo de la patronal.

La medida será efectiva una vez que el acuerdo sea firmado por las partes implicadas y se apruebe el Real Decreto que lo regule. No obstante, tendrá carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026, por lo que las personas trabajadoras afectadas deberían percibir los atrasos correspondientes desde esa fecha, con independencia de cuándo entre en vigor.

Esta actualización salarial afectaría a todas aquellas personas que actualmente cobren el SMI. En estos casos, las empresas estarían obligadas a revisar y actualizar las nóminas para garantizar, como mínimo, esos 1.221 euros mensuales por 14 pagas, es decir, 17.094 euros anuales.

Así, queda claro que ninguna empresa puede pagar por debajo del sueldo mínimo legal, independientemente del sector o del tipo de contrato. En caso de trabajar a jornada parcial, tu sueldo debe ser, al menos, el SMI en proporción a las horas trabajadas.

Desde la UGT se explica que "los salarios acordados en convenio colectivo no podrán, en ningún caso, ser inferiores en cómputo anual a la cantidad fijada en el SMI, se deberán actualizar las tablas en aquellos convenios que tengan salarios por debajo del SMI actual".

Según las estimaciones realizadas por CCOO a partir de los datos de la Encuesta de Población Activa, esta nueva subida del SMI tendría un impacto significativo en el mercado laboral. Apuntan que esta nueva subida "llegará al 9,3% de la población asalariada a jornada completa -1,47 millones de personas-, junto a otras 250.000 trabajadores y trabajadoras a tiempo parcial. En total, serían 1,71 millones quienes se beneficiarán".