La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz.

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz. EP

Sociedad

Ya entró en vigor: el Gobierno concede la baja con el 100% del sueldo a los trabajadores que tengan un hijo

Los trabajadores tienen este derecho para que los trabajadores cuiden de su hijo sin sufrir un perjuicio económico.

Más información: Entró en vigor: los trabajadores ya no reciben cartas sobre sus prestaciones o el estado de sus bajas desde el 1 de septiembre

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Las claves
Las claves

El permiso por nacimiento y cuidado de menor concede 19 semanas de baja a cada progenitor con el 100% del sueldo, ampliándose a 32 semanas en familias monoparentales.

La prestación económica durante la baja la abona la Seguridad Social, no la empresa, y equivale al sueldo bruto habitual del trabajador.

Las seis primeras semanas del permiso son obligatorias y a jornada completa; el resto se puede disfrutar de forma flexible hasta que el menor cumpla ocho años.

El permiso es individual e intransferible y pueden acceder a él asalariados, autónomos y empleados públicos que cumplan los periodos mínimos de cotización exigidos según la edad.

Los trabajadores que tengan un hijo cuentan desde 2026 con un permiso ampliado para poder atender al menos sin renunciar a sus ingresos.

Se trata del permiso por nacimiento y cuidado de menor, que sustituye a las antiguas bajas de maternidad y paternidad y que permite a ambos progenitores ausentarse del trabajo durante varias semanas.

La normativa vigente, consolidada con el Real Decreto-ley 9/2025, establece que cada progenitor dispone de 19 semanas de permiso. En el caso de las familias monoparentales, la duración aumenta hasta las 32 semanas.

Durante este periodo, el contrato de trabajo queda suspendido y el trabajador recibe una prestación equivalente al 100% de su base reguladora, que habitualmente se corresponde con su sueldo bruto habitual.

Esta cantidad no la abona directamente la empresa, sino que corre a cargo del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

El permiso por nacimiento y cuidado de menor

El permiso se divide en tres bloques diferentes para que las familias puedan adaptar parte del tiempo de cuidado a sus necesidades. Las primeras seis semanas son obligatorias, deben disfrutarse de forma ininterrumpida y a jornada completa inmediatamente después del nacimiento o la adopción.

A ellas se suman otras 11 semanas que pueden utilizarse de manera más flexible durante el primer año de vida del menor. El trabajador puede disfrutarlas de forma continuada o dividirlas en diferentes periodos hasta que el bebé cumpla 12 meses.

Las dos semanas restantes presentan todavía mayor flexibilidad. Pueden utilizarse en cualquier momento hasta que el menor cumpla ocho años, lo que permite reservar parte del permiso para atender determinadas necesidades familiares durante los primeros años de vida.

Este derecho es individual e intransferible, por lo que cada progenitor debe disfrutar de sus propias semanas.

Para solicitar la prestación, el trabajador debe realizar el trámite directamente ante la Seguridad Social y aportar la documentación correspondiente, entre ella el certificado de empresa y el documento que acredite el nacimiento o la adopción.

La medida se aplica a los trabajadores dados de alta, incluidos asalariados, autónomos y empleados públicos. No obstante, para acceder a la prestación económica es necesario cumplir determinados periodos de cotización en función de la edad.

Las menores de 21 años no necesitan acreditar un periodo mínimo. Entre los 21 y los 16 años se exigen 90 días cotizados durante los últimos siete años o 180 días a lo largo de la vida laboral. Para los mayores de 26 años, son necesarios 180 días en los últimos siete años o 360 días durante toda la vida laboral.

Además de facilitar el cuidado del menor, el sistema pretende avanzar en la corresponsabilidad entre progenitores y reducir el impacto laboral asociado a la maternidad. Al tratarse de permisos iguales e intransferibles, ambos pueden implicarse desde los primeros días.

Para las empresas, el salario durante el permiso tampoco supone asumir directamente el coste de la prestación, ya que esta corre a cargo de la Seguridad Social.

En determinados castos, existen bonificaciones para facilitar la contratación de trabajadores que sustituyan temporalmente a quienes se encuentran de permiso.