Imagen de archivo de un cachorro de perro.

Imagen de archivo de un cachorro de perro. iStock

Sociedad

Sigue en vigor: la Ley de Bienestar Animal prohíbe criar gatos y perros sin inscribirse en el Registro de Criadores

Con esta norma, la Ley 7/2023 pretende frenar la venta ilegal de animales de compañía y reducir los casos de abandono en España.

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Las claves

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La Ley de Bienestar Animal prohíbe la cría de perros y gatos por particulares no inscritos en el Registro de Criadores.

Solo personas o entidades registradas pueden criar animales de compañía, debiendo acreditar formación y condiciones óptimas para el bienestar animal.

Los propietarios tienen la obligación de evitar la reproducción no planificada de sus mascotas; en el caso de los gatos, la esterilización es obligatoria antes de los seis meses.

Criar animales sin estar inscrito es una infracción grave, sancionada con multas de entre 10.001 y 50.000 euros.

La aprobación de la Ley 7/2023 supuso un cambio importante en la regulación de la tenencia y la protección de los animales de compañía en España.

Entre las novedades más destacadas figura la nueva normativa sobre la cría de perros y gatos. Desde la entrada en vigor de la ley, esta actividad solo puede ser desarrollada por personas o entidades inscritas en el Registro de Criadores de Animales de Compañía.

De este modo, la norma pone fin a la cría ocasional al margen de la regulación y establece un marco legal específico para quienes deseen dedicarse a ella.

Durante años, ha sido habitual permitir que una mascota tuviera una camada sin mayor planificación, ya fuera por deseo personal o con la intención de regalar los cachorros. Esa posibilidad desaparece.

La ley prohíbe de forma expresa la cría entre particulares no registrados, cerrando la puerta a una práctica que, aunque extendida, carecía de control sanitario y administrativo.

El nuevo marco legal exige que cualquier persona que desee criar animales de compañía cumpla requisitos específicos.

La inscripción en el registro no es un mero trámite: implica acreditar conocimientos técnicos, formación adecuada y condiciones óptimas para garantizar el bienestar de los animales.

Se trata, en definitiva, de profesionalizar una actividad que hasta ahora operaba en gran medida al margen de la supervisión pública.

La ley también es contundente ante las camadas no planificadas. Los propietarios tienen la obligación de evitar la reproducción de sus animales, lo que se traduce en medidas concretas.

La identificación mediante microchip es obligatoria para perros, gatos y hurones, reforzando la trazabilidad. En el caso de los gatos, además, se establece la esterilización quirúrgica antes de los seis meses de edad, salvo que exista una justificación veterinaria documentada.

Pero ¿qué ocurre si se produce una camada accidental? La normativa no deja espacio a la improvisación. El propietario deberá comunicarlo a las autoridades competentes y no podrá comercializar los cachorros.

En muchos casos, se le exigirá registrarse como criador puntual o adoptar medidas para evitar que la situación se repita.

Detrás de estas restricciones hay un objetivo claro: combatir el abandono y el comercio ilegal. Cada año, miles de animales terminan en protectoras, muchos de ellos procedentes de camadas no deseadas.

Al mismo tiempo, la ley busca garantizar el control sanitario, evitando la reproducción sin criterios que puede derivar en enfermedades hereditarias. Asimismo, se pretende erradicar las denominadas como granjas de cachorros destinadas, que operan sin supervisión y en condiciones deficientes.

El incumplimiento de estas obligaciones no es menor. Criar sin estar inscrito en el registro es una infracción grave, sancionable con multas que van desde los 10.001 hasta los 50.000 euros.