La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. Mariscal Efe Madrid

Sociedad

Es oficial: el trabajador tiene derecho a 5 días para cuidar a un familiar, pero no incluye festivos ni fines de semana

Un cambio en la normativa ha hecho que los cinco días retribuidos por cuidar a un familiar por enfermedad grave deben ser siempre laborables.

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Las claves

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El Tribunal Supremo confirma que el permiso retribuido de cinco días por cuidado de familiares solo se cuenta en días laborables, excluyendo sábados, domingos y festivos.

Este permiso puede disfrutarse de forma flexible y no necesariamente de manera consecutiva ni a partir del primer día laborable tras el suceso.

La medida aplica al cuidado del cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta segundo grado y personas convivientes, reforzando la protección al trabajador.

El alta hospitalaria no pone fin al permiso si persisten necesidades de cuidado, y el derecho se reconoce por cada hecho causante.

La reciente sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha clarificado el uso del permiso retribuido de cinco días por cuidado de familiares afectados por accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización.

El fallo establece que este derecho puede ejercerse de forma flexible y computarse exclusivamente en días laborables. Al excluir sábados, domingos y festivos del conteo, la Justicia busca reforzar la protección al empleado.

Así, la decisión del Supremo busca garantizar el acompañamiento familiar sin merma salarial y evitar interpretaciones que podrían llegar a ser restrictivas por parte de la empresa.

¿Cuáles son las claves?

El Supremo ratificó una decisión de la Audiencia Nacional sobre el artículo 37.3 b) del Estatuto de los Trabajadores que reconoce un permiso retribuido de cinco días por enfermedad grave o accidente, hospitalización o intervención quirúrgica de un familiar.

Dicho permiso es aplicable al cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad y personas convivientes.

Así, las sentencias recientes establecen que el permiso no tiene por qué empezar el día del hecho causante o el día laborable inmediato.

De esta manera, el trabajador puede decidir el momento de inicio y repartir esos días dependiendo de las necesidades de cuidado, siempre y cuando esté dentro de los cinco días retribuidos.

La sentencia que llegó hasta el Supremo consistía en una empresa que, en estos casos, imponía como primer día del permiso el primer día laborable después del suceso exigiendo que se consumieran los restantes cinco días naturales.

El Supremo declaró que esta rigidez es contraria a la finalidad del permiso. Con lo cual, la doctrina del tribunal establece que estos cinco días son siempre laborables, no naturales estableciendo que el trabajador puede distribuir dichos días.

Por otro lado, también se establece que el alta hospitalaria no corta por sí sola el permiso si sigue habiendo necesidad de cuidados o gestiones derivadas y no hay alta médica.

Este permiso reconocido en el artículo 37.3 b) del Estatuto de los Trabajadores ya experimentó en 2023 una ampliación que pasó de ser dos, en caso de desplazamiento cuatro días, a cinco días.

Además, antiguamente solo contemplaba el cuidado de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad y desde la reforma se amplió a los familiares antes mencionados.

Por otro lado, también se establece que estos días de permiso no pueden reducirse aunque exista un alta hospitalaria antes de los cinco días y es un derecho por cada hecho causante.