El ministro de Hacienda, Arcadi España,

El ministro de Hacienda, Arcadi España, A. Pérez Meca Europa Press

Sociedad

Entró en vigor: la Agencia Tributaria te puede mandar una notificación los domingos y todos los festivos

El asesor fiscal Javier Álvarez cuenta las razones por lo que es legal y la forma de defenderte de este tipo de mensajes.

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Las claves

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La Agencia Tributaria puede enviar notificaciones electrónicas cualquier día del año, incluidos domingos y festivos.

El plazo legal para responder a una notificación no comienza hasta que el contribuyente la abre o pasan 10 días naturales.

Los autónomos pueden solicitar hasta 30 días de 'cortesía' al año en los que Hacienda no les notificará, pero deben pedirlo con antelación.

La Seguridad Social no ofrece la misma flexibilidad de días de cortesía y sus plazos suelen ser más estrictos.

La Agencia Tributaria (AEAT) ni duerme ni descansa. Ni los domingos ni ningún otro día festivo. De ahí que cualquier contribuyente pueda recibir de la misma una notificación en fechas inesperadas como pueden ser Año Nuevo, el domingo de Resurrección o el 1 de mayo, por poner algunos ejemplos.

Aquellas personas que reciban esta notificación en su correo electrónico estos ‘domingos y fiestas de guardar’, como se decía antaño, seguro que empezarán a temer lo peor, aunque en ocasiones sólo requieran información adicional.

“La pregunta que me hacen los clientes es: ¿pero esto es legal?”, indica Javier Álvarez, asesor fiscal, en su cuenta de LinkedIn. “¿Pueden notificarme un día inhábil? La respuesta es sí”.

Plazos legales

El asesor fiscal explica en las redes sociales por qué esa afirmación tan rotunda. “La sede electrónica no cierra. Es un robot 24/7”. Por lo tanto, siempre está ‘ojo avizor’ y puede mandar esas notificaciones cualquier día del año.

“La Administración puede poner a tu disposición una notificación un sábado a las 3 de la mañana o el día de Navidad”, continúa Javier Álvarez.

Eso sí, indica un matiz que debe ser tenido muy en cuenta por los contribuyentes. ¿Cuál es? Pues que “aunque el aviso llegue en festivo, si no entras a descargarla, los plazos legales no suelen empezar a correr hasta que la abres o pasan 10 días naturales”, apunta. Es lo que se conoce como ‘rechazo automático’.

Llegados a este punto, los ciudadanos se pueden hacer la siguiente pregunta: ¿Hay alguna forma de ‘defenderse’ de estos mensajes en días inhábiles? La respuesta, una vez más, es sí.

Es lo que se conoce como ‘días de cortesía’. "Muchos autónomos no saben que Hacienda permite elegir 30 días al año en los que no te pueden notificar nada”, remarca el asesor fiscal.

¿El problema? “Tienes que solicitarlos activamente antes de que empiece ese periodo. Si no los pediste para Navidad, el sistema está abierto”, matiza Álvarez.

Diferentes sistemas

Ante esta tesitura, hay quien puede plantearse si sucede lo mismo con la Seguridad Social, si existe esta misma posibilidad. “La Seguridad Social es otra historia porque no tiene el mismo sistema de días de cortesía flexible de la AEAT”, resalta el experto.

Y todo porque sus plazos y sistemas “son distintos y, a menudo, más agresivos en la gestión de tiempos”.

Ante esta tesitura, Javier Álvarez se pregunta acerca de lo que se conoce como derecho a la desconexión. Si se habla de salud mental y desconexión digital para los trabajadores, ¿existe igualmente para el contribuyente?

“¿Quién protege al contribuyente?¿Es ético que la Administración te envíe un requerimiento un domingo? Aunque legalmente el plazo no corra, el impacto psicológico de recibir el ‘susto’ en tu tiempo de descanso es real”, afirma el asesor fiscal.

Y concluye haciéndose las siguientes preguntas: “¿Debería prohibirse por ley el envío de notificaciones en fines de semana y festivos para respetar el descanso de los autónomos? ¿O somos nosotros los culpables por tener el correo del trabajo en el móvil?”