La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz.

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz. Europa Press

Sociedad

En vigor: las mujeres con dolores menstruales pueden solicitar 5 días de baja laboral en su trabajo en España

Desde 2023, las mujeres con dolores de regla incapacitantes pueden solicitar la baja laboral temporal de entre 3 y 5 días.

Más información: Es oficial: España controlará a todos los trabajadores que se cojan dos o más bajas laborales en un año

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Las claves

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España permite desde junio de 2023 que las mujeres con dolores menstruales incapacitantes soliciten una baja laboral de hasta 5 días.

La baja debe ser prescrita por un médico de cabecera, quien valorará síntomas como fiebre, fuertes dolores pélvicos o diarreas asociadas a patologías como endometriosis o miomas.

La prestación está cubierta por la Seguridad Social desde el primer día y no requiere un periodo mínimo de cotización, cobrando el 60% de la base reguladora.

Esta medida busca normalizar y visibilizar la salud menstrual en el entorno laboral, incorporando la perspectiva de género y eliminando el estigma.

Desde junio de 2023, España cuenta con una medida pionera en Europa que reconoce de forma explícita el impacto de salud menstrual en el ámbito laboral.

Las mujeres que sufren dolores menstruales incapacitantes pueden solicitar una baja laboral temporal de entre tres y cinco días, una herramienta que busca equilibrar el derecho a la salud con la continuidad en el empleo.

Ahora, con su aplicación plenamente asentada, sindicatos como UGT recuerdan que este derecho está en vigor y puede ejercerse.

La norma se enmarca dentro de la reforma de la ley del aborto, que introdujo nuevas situaciones especiales de incapacidad temporal (IT) por contingencias comunes.

Entre ellas se incluyen, además de menstruación incapacitante, la interrupción voluntaria del embarazo o el periodo a partir de la semana 39 de gestación.

Pero, ¿qué se entiende exactamente por una menstruación incapacitante? No se trata de una molestia leve o habitual, sino de casos en los que los síntomas impiden desarrollar con normalidad la actividad laboral.

Según UGT, se consideran como tales aquellos episodios que cursan con fiebre, cefaleas intensas, diarreas o fuertes dolores pélvicos.

En muchos casos, estas situaciones están asociadas a patologías como la endometriosis, los miomas, la adenomiosis, los ovarios poliquísticos o enfermedades inflamatorias pélvicas.

El procedimiento para solicitar esta baja no difiere del de cualquier otra enfermedad común. Es necesario acudir al médico de cabecera, quien evaluará el caso concreto y determinará si procede la incapacidad temporal.

El profesional sanitario tendrá en cuenta el historial clínico, la recurrencia de los síntomas y la posible existencia de patologías previas. Además, la duración de entre tres y cinco días será fijada en función de cada situación.

Una de las particularidades de esta medida es que las bajas pueden tener carácter anual.

Esto significa que las mujeres que padecen reglas dolorosas de forma recurrente no tendrán que acudir cada mes a consulta, simplificando así el proceso y evitando una sobrecarga innecesaria del sistema sanitario.

En términos económicos, estas bajas cuentan con condiciones específicas. Están cubiertas por la Seguridad Social desde el primer día y no exigen un período mínimo de cotización, a diferencia de otras bajas por enfermedad común.

La prestación se sitúa en el 60% de la base reguladora desde el inicio hasta el día 20, y asciende al 75% a partir del día 21.

No obstante, como ocurre con otras situaciones de incapacidad temporal, algunos convenios colectivos pueden complementar estas cantidades hasta alcanzar el 100% del salario.

Más allá de su impacto práctico, esta medida supone un cambio de enfoque en la forma de entender la salud laboral.

UGT insiste en la importancia de incorporar la perspectiva de género en el ámbito del trabajo, reconociendo realidades que históricamente han sido invisibilizadas o incluso estigmatizadas.

Durante años, muchas mujeres han vivido estos episodios en silencio, por miedo a la incomprensión o a las consecuencias profesionales.

La regulación de la baja por menstruación incapacitante no solo ofrece una respuesta médica y legal, sino que también contribuye a normalizar una situación que afecta a una parte significativa de la población trabajadora.